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La AUME, por ley, debería haberse dirigido al Consejo Personal de las FAS

Por Redacción
16/07/2015 - 05:31

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En relación con la noticia publicada el pasado martes 14 de julio por El Faro de Ceuta relativa a la negativa del Comandante General a una recepción “de presentación” de AUME, la Comandancia General de Ceuta comunica lo siguiente:

La participación de las asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas, y su interlocución con el Ministerio de Defensa, se encuentra establecida en el artículo 46 la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas.
En la citada Ley se indica que éstas actividades tendrán lugar en el órgano denominado Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas ante el que se podrán plantear propuestas o sugerencias en materias relacionadas con su estatuto y condición de militar, el ejercicio de los derechos y libertades, el régimen de personal y las condiciones de vida y trabajo en las unidades.
Por otra parte, el Reglamento del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, por Real Decreto 910/2012 de 8 de junio, que regula su funcionamiento establece en su disposición adicional segunda que, en sus relaciones con el Ministerio de Defensa, las asociaciones profesionales se dirigirán y recibirán información exclusivamente a través de la Secretaría Permanente del Consejo de Personal.
Por lo expuesto anteriormente, el Comandante General no consideró conveniente atender la solicitud de audiencia del representante de AUME, al ser recibida directamente en la Comandancia General de Ceuta y no por el canal de interlocución establecido en la legislación vigente, en la que no se contempla la relación entre las asociaciones profesionales integradas por miembros de las Fuerzas Armadas y las autoridades militares de la zona.

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