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Los Sindicatos “ameritan corralón”

Por Redacción
23/10/2011 - 08:50

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La bajada de la calificación de la deuda española por la agencia de calificación S & P fundamentalmente por la incompleta reforma del mercado laboral provocando la caída del euro en los mercados asiáticos y el encarecimiento de nuestra deuda induce a pensar que los sindicatos mayoritarios “ameritan corralón”. El artículo 131 de la Constitución Española (CE) señala que el Estado mediante ley podrá planificar la actividad económica general para estimular el crecimiento de la renta y de la riqueza, elaborando para  ello los proyectos de planificación de acuerdo, entre otros, con el asesoramiento y la colaboración de los sindicatos.
En la práctica, el asesoramiento y colaboración de los sindicatos ha invertido el sentido del artículo anterior, siendo los sindicatos los que planifican la actividad laboral pieza fundamental de la actividad económica, con la colaboración y asesoramiento de los diferentes gobiernos.
Los sindicatos de empresarios y trabajadores, como los partidos políticos son entidades de derecho privado pero financiadas fundamentalmente por subvenciones de los Presupuestos Generales del Estado. Los partidos políticos, aunque leve si están sujetos a un control público por la Intervención General de la Administración del Estado en base a las subvenciones que por Ley se les han de conceder, no así los sindicatos, que gozan de una afiliación del 6%, y tienen sin embargo la capacidad  de implantar o quebrar “la paz social” por lo que son objeto de toda clase de privilegios, con objeto de no alterar esa equilibrada “paz social”.
En la actualidad los sindicatos manejan la política laboral fijando la indexación de los salarios al IPC en lugar de a la productividad y mantienen condiciones altas e inflexibles de despido lo que hace inviable la demanda de trabajadores por las empresas.
Esta rigidez del sistema obliga a las empresas a acatar los convenios colectivos de ámbito superiores en lugar de establecer convenios de empresa  con sus trabajadores, por lo que tanto el incremento de salario indexado de acuerdo con el IPC, el incremento del salario mínimo interprofesional y el despido con altas indemnizaciones hacen retraerse al empresario a contratar más empleados.
La reforma laboral cristalizada en la reforma del mercado de trabajo (Ley 35/2010) y en la reforma de la negociación colectiva aprobada sin acuerdo entre los interlocutores sociales (R. D. Ley 7/2011) son las piedras angulares del ámbito laboral, junto con el Estatuto de los trabajadores que estas dos normas lo modifican parcialmente.
La Ley 35/2010 basa su reforma en la modificación de contratos para  el fomento de la contratación indefinida (CFCI), que se creo hace diez años, con objeto de beneficiar a mayor número de trabajadores (jóvenes de 16 a 30, mayores de 45, mujeres en determinadas condiciones, parados en determinadas circunstancias). En otros casos algunos contratos de duración determinada pueden transformarse en CFCI  antes del 31 de diciembre de 2011.
Lo fundamental de este tipo de contratos es que disminuye desde 45 a 33 días la indemnización por despido, sin embargo deja incólume la regulación sustantiva del contrato indefinido de carácter ordinario y se reducen las cantidades a abonar por las empresas  en caso de extinción mediante asunción transitoria por el Fondo de Garantía Salarial de una parte de las indemnizaciones (medida coyuntural).
La reforma de la negociación colectiva sigue dando todo el poder de negociación a los sindicatos y los convenios de empresa tendrán prioridad sobre convenios de índole superior solo en circunstancias específicas, además de que el ámbito de materias a tratar es reducido.
Es necesario por lo tanto una reforma laboral mas profunda.
Tengamos en cuenta que en los momentos de mayor prosperidad en los últimos años la tasa de paro era del 8%.
La necesidad de reconducir a los Sindicatos a su verdadera dimensión, es decir a la de su supervivencia con la sola financiación de las cuotas,  y a hacer oír su voz en todos los ámbitos donde se discutan temas laborales pero sin tener que dirigir la política laboral del país, es esencial en la época que estamos, donde en gran parte es responsabilidad de los sindicatos el anquilosamiento de la economía  que ha llegado a una tasa de paro de 22% (paro juvenil 41%). El poder sindical en los últimos años ha aumentado exponencialmente, nos encontramos con unos sindicatos que manejan de una manera rígida la política laboral.
Los datos del poder sindical se concentran en las siguientes cifras y teniendo en cuenta que de los 57 sindicatos existentes nos referimos principalmente  a los mayoritarios (CC.OO UGT y USO).
• Cientos de millones de Euros anuales en subvenciones por parte del Estado y Comunidades Autónomas.
• 350.000 liberados sindicales de los que 200.000 pertenecen a UGT, CC.OO y USO.
• La Fundación tripartito (UGT, CC.OO,  CEOE) gestiona la Formación Continua con un presupuesto de 2.235.874.000 Euros.
• A cada trabajador se le detrae para Formación Continua 1, 65% del sueldo.
• Los ERE han aumentado desde 2009 en el 583,7%. Los sindicatos tienen una parte activa en la conclusión de los mismos.
• Patrimonio inmobiliario cedido graciosamente por el Estado: 555 inmuebles (UGT 400, CC.OO 150, USO 15). A la CEOE, 27.
• Los departamentos ministeriales han pagado gastos corrientes de otros edificios alquilados por los sindicatos como  luz, mantenimiento, teléfono, seguridad.
• Todo esto independientemente del partido en el poder.
Dinero y política laboral a cambio de “paz social” con 5 millones de parados.
El Reino Unido ha sido capaz de enfrentarse a sus sindicatos y mantenerlos en la dimensión que por su verdadero poder les pertenece. Alemania,  ha conseguido que los sindicatos se financien solo con sus cuotas. España debe seguir ese camino.
Las reformas de la Ley 35/2010 no han dado fruto alguno con el contrato para el fomento de la contratación indefinida, aparte de la complejidad añadida.
Hay que establecer una reforma laboral que incluya:
• Ley de huelga, demandada en la Constitución.
• Salarios indexados a la productividad.
• Despidos más baratos que llevarán a contratación más rápidas.
• Reducción en numero de contratos, si es posible a uno solo.
• Supresión de trabas administrativas para la creación de empresas.
• Pacto de moderación salarial o congelación al menos en cinco años.
“Ameritan Corralón” (merecen ir al corral) que en el Reglamento de Transito Metropolitano de  la ciudad de México señala a los conductores  que han cometido alguna infracción, por ejemplo ir en sentido contrario o transitar sin permiso lo que les lleva a trasladar su automóvil a un terreno (corralón) por un tiempo determinado y pagar una multa proporcional  a la de la infracción cometida. Quiero señalar aquí con esta hipérbole que los sindicatos no deben actuar en sentido contrario al común ni erigirse en regidores de la política sin competencias para ello, su papel es aconsejar pero no dirigir la política laboral,  financiarse solo con las cuotas de sus afiliados y en suma adaptarse a una nueva dimensión para poder salir del corralón. Mientras tanto “Ameritan Corralón.”

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