El Registro Central de Delincuentes Sexuales, que entró en vigor el martes de la semana pasada, es "un sistema de información de carácter no público y gratuito relativo a la identidad, perfil genético, penas y medidas de seguridad impuestas a aquellas personas condenadas en sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales o por trata de seres humanos con fines de explotación sexual, incluyendo la pornografía".
Su finalidad es "proteger a los menores contra la explotación y el abuso sexual mediante un mecanismo de prevención que permita conocer si quienes sean condenados en sentencia firme por dichos delitos no puedan realizar actividades ni ejercer profesiones u oficios que impliquen el contacto habitual con menores".
La Ley de protección a la infancia y a la adolescencia aprobada el año pasado establece la obligatoriedad de acreditar "el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos".
Tal requisito se impone "para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores".