En un sentencia que puede sentar un precedente, la madre pagará 360 euros
Una mujer fue ayer condenada en la Sala de lo Penal número Uno de nuestra ciudad por un delito de incumplimiento de la patria potestad consistente en incumplir la obligación de llevar a su hijo, menor de edad, al colegio. La sentencia podría sentar un precedente en la ciudad. La madre pagará por el mencionado delito una multa de 360 euros, consecuencia del pago fraccionado de dos euros al día durante medio año.
De tal manera, el caso quedó resuelto en el órgano de lo Penal número Uno toda vez que la condenada, vecina de Ceuta, reconociera los hechos que se le imputaban y mostrara acto seguido conformidad con la pena que para ella solicitaba el Ministerio Fiscal.
Queda probado por tanto, mediante sentencia firme elevada por la magistrada juez titular de lo Penal Uno, que la madre era plenamente consciente de que no cumplía con la obligación de llevar a su hijo al colegio derivándose de esta actuación numerosas faltas de asistencia del menor. Así, en el curso 2009/10, el escolar, entonces con siete años, faltó 105 veces a clase; en el siguiente curso, 106; en el concerniente al 2011/12, 104; y 28 en el posterior.





