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El TS remitirá a la Audiencia el fallo contra un policía local para su ejecución

Por M.A.
13/06/2014 - 09:24

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El comerciante Mohamed  Embarek ‘Susi’ asegura que nunca olvidará la detención sufrida en sus almacenes de la Almadraba, en  2010,

que motivó la posterior apertura de un caso judicial que ha terminado, de momento, con el fallo del Tribunal Supremo que ratifica la condena e inhabilitación para uno de los cuatro agentes de la UIR que intervinieron aquel día, tal y como ayer publicó El Faro.
El Alto Tribunal ha estimado solo algunos de los recursos interpuestos por las dos partes, ya que en este caso también la familia Embarek  formalizó recursos de casación pidiendo una condena aún mayor que no se ha producido. La familia Embarek evitó alcanzar un acuerdo por conformidad que le fue ofrecido al inicio del juicio oral celebrado en la Audiencia el pasado año ya que quería llegar hasta el final para que se hiciera justicia después de que ‘Susi’ terminara ingresado en el Hospital con un golpe en el ojo producido por un puñetazo además de varios hematomas en extremidades y rotura fibrilar en el hombro.
La detención de este comerciante se produjo después de que la UIR acudiera a sus Almacenes para notificarle un decreto de Fomento para cerrar una de las zonas que había quedado afectada por la caída de piedras tras unas lluvias torrenciales. Lo que debía ser una mera notificación administrativa terminó con Embarek detenido, esposado y trasladado al Hospital en donde se denunciarían las lesiones. Su hijo también fue detenido.
De la sentencia dictada por el Supremo a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro, se viene a concluir por parte del Supremo la confirmación, en su esencia, de la sentencia que dictara la Audiencia Provincial. Hay, no obstante, algún cambio como el hecho de que el Alto Tribunal sí haya estimado uno de los recursos interpuestos por la Defensa de la familia Embarek que quería que se reconociera la lesión sufrida en un hombro en donde se produjo una rotura fibrilar que le dejó secuelas. Esta lesión no fue reconocida por la Audiencia, que dejó sin sanción tal lesión al no haber dolo de causación lesiva. Ahora el TS aprecia que sí hubo una falta de lesiones por imprudencia en la que incurrieron tres de los cuatro policías al mantener que en el trayecto en el que se condujo a ‘Susi’ hasta el furgón se causó ese daño, si bien, aclara que “los hechos se produjeron muy rápidamente, por lo que la posibilidad de evitar el daño que requiere la imputación objetiva no puede apreciarse”. Esa nueva condena de falta de lesiones por imprudencia supondrá que tres de los agentes tengan que asumir el pago de 4.600 euros más otros mil por las secuelas causadas.
Otra de las claves del fallo del Supremo se refiere al delito contra la integridad moral por el que se le condenó solo a uno de los cuatro policías; sanción que conlleva cárcel (que no cumplirá al carecer de antecedentes) e inhabilitación. Entiende el TS que en dicha condena no ha existido vulneración del principio acusatorio, ni tampoco del derecho a una tutela judicial efectiva; de hecho el Alto Tribunal considera que es justa la conclusión que adoptó la Audiencia al haber “concretado las fuentes de prueba y los elementos incriminatorios que le permitieron arribar al juicio de certeza relativo a la autoría del puñetazo”.  Una acción que se la imputa solo a uno de los cuatro policías teniéndose en cuenta la declaración que, en acto de juicio oral, prestó la víctima señalando al autor.
Por último el TS absuelve a los agentes condenados por falta de lesiones dolosas. La sentencia dictada por el Alto Tribunal será remitida ahora a la Audiencia cuya Sección VI debe proceder a la ejecución de la sentencia. Para completar este trámite todavía queda la petición de ejecución y las partes pueden solicitar, como ha ocurrido en otros casos, su suspensión.

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