La Audiencia de Cádiz tiene que designar a dos jueces para que puedan conformar el tribunal de la Sección VI de Ceuta que se encargue de enfrentarse a la repetición del juicio contra dos policías locales tras la detención de un médico destinado en el centro de salud del Recinto, cumpliéndose de esta manera la sentencia dictada por la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo de la que se hizo eco El Faro.
Todos los magistrados salvo uno integrados en la Sección VI de la Audiencia Provincial con sede en Ceuta han participado en el anterior juicio cuya sentencia ha sido anulada por el Supremo, de ahí que no puedan formar parte del nuevo tribunal que tendrá que formarse para la señalización de nueva vista judicial. Esta es la razón por la que se ha solicitado ya a la Audiencia de Cádiz que designe el nombramiento de los dos jueces que tendrían que desplazarse a la ciudad para formar la Sala.
Los policías, pertenecientes a la unidad de Tráfico, fueron condenados por detención ilegal y otro delito de falsedad, fijándose la pena máxima de las contempladas para este tipo de hechos: 4 meses y 15 días multa por el primero y 3 años por el segundo, a lo que se añadía lo más grave de todo, una inhabilitación absoluta de ocho años y otros dos de inhabilitación especial para el ejercicio de policía.
El Supremo declaró la nulidad de la sentencia ordenando que se repitiera íntegramente el juicio y que fuera presidido por otro tribunal distinto al anterior, de ahí el trámite que se ha tenido que hacer con el órgano judicial de Cádiz. Este nuevo tribunal tendrá que juzgar a los dos policías locales solo por uno de los delitos, el de detención ilegal, y no por un segundo de falsedad documental, al considerar que este enjuiciamiento no tiene cabida al constatar que en el procedimiento inicialmente seguido contra los agentes no “comprendía imputación alguna por semejante delito falsario”.