El Comité de Empresa del Personal Docente e Investigador (PDI) de la UGR en Ceuta considera que la movilidad de estos profesionales laborales “debe regularse por el Convenio Colectivo, que en este caso lo remite a la regulación de la Universidad”.
Según han explicado fuentes sindicales, la institución nazarí “impide el derecho para los profesores contratados doctores y los colaboradores en todo caso, y para los ayudantes y ayudantes doctores por la situación actualmente existente relativa a la tasa de reposición en la Administración universitaria, por lo que dicha regulación sería nula de pleno derecho”.
El Convenio Colectivo del PDI con contrato laboral de las universidades públicas de Andalucía actualmente vigente establece que “en las universidades que tengan centros en distintos municipios se regulará, previa negociación con el comité de empresa, la provisión de plazas mediante traslado entre profesores de la misma categoría y área de conocimiento destinados en centros de trabajo que disten más de 40 kilómetros del centro de trabajo de la plaza objeto del concurso”.
Desde el punto e vista del Comité “esto implica, para la UGR, que debía regular la provisión de plazas mediante traslado entre los centros de Ceuta y Melilla y Granada” pero en la práctica lo ha hecho “excluyendo el derecho a traslados para las dos figuras de PDI laboral permanente (profesores colaboradores y profesores contratados doctores) y en la situación actual (no dotación de plazas laborales de plantilla) para todo el PDI laboral”.