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Absuelto el militar con antecedentes acusado de simular un delito

Por Silvia Perdiguero
03/03/2014 - 20:51

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La juez entiende que no hay pruebas de cargo para elevar condena. Denunció el robo de su móvil

 

Celebrado en dos sesiones en la Sala de lo Penal número Uno de nuestra ciudad, un militar con antecedentes penales ha sido absuelto de la comisión de un delito de simulación mediante falsa denuncia de robo de su teléfono móvil toda vez que la magistrada juez titular del citado órgano haya elevado sentencia firme.
De tal manera, el llamado J.L.G.S., quien asistido por la defensa letrada de Javier Cabillas, ha conseguido probar su inocencia y ser absuelto de un delito por el que el Ministerio Fiscal le pedía una multa de tres mil euros. La sanción, de haberse consumado, hubiera llevado al militar de inmediato a prisión pues J.L.G.S., con antecedentes penales, tiene una pena suspendida de dos años de cárcel por la comisión de un delito anterior, régimen que hubiera quedado revocado, tal y como recoge el Código Penal.
En concordancia con la tesis defendida en ambas sesiones por Cabillas, la magistrada juez corrobora la misma en la sentencia escrita a la que ha tenido acceso El Faro que no había pruebas de cargo suficiente como para elevar condena contra el militar si bien aprecia algunas contradicciones en su declaración.
En concreto, en la citada sentencia se explica que "aún siendo cierto que el acusado incurrió en alguna que otra imprecisión y contradicción en el acto del juicio respecto a lo declarado en su denuncia en relación a la franja horaria en que tuvo lugar la sustracción, se entiende que tales contradicciones e imprecisiones, en cuanto podrían obedecer a un simple error, carecen por sí solas de la suficiente entidad para fundar una sentencia condenatoria y, en consecuencia, y pese a las sospechas que pudieran existir en contra del encausado, por lo extraño que resulta el hecho de que la persona que supuestamente le sustrajo el teléfono móvil lo emplease para mandar mensajes insultantes de contenido personal a su exmujer, al no quedar acreditada con la certeza que exige una sentencia de condena la falta de veracidad de la denuncia interpuesta por el acusado en fecha 28 de enero de 2013, es por lo que procede absolverlo del delito que se le imputa por el Ministerio Fiscal".
Asimismo, en el escrito de la sentencia se detalla que sobre las 16:08 horas del día 28 de enero de 2013, el militar interpuso en la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía denuncia en la que relataba que, entre las 15:30 y las 16:45 horas del día 25 de enero de 2013, una persona desconocida le había sustraído diversa documentación personal y el teléfono móvil de su titularidad marca Nokia de la habitación nº 2 que ocupaba en la primera planta de la Residencia Casino Militar, así como que esa misma persona durante la madrugada y la mañana del día 26 de enero de 2013 había empleado su teléfono móvil para llamar al de su propio hijo menor y para enviar un mensaje insultante a su ex mujer.
Dicha denuncia dio origen a las Diligencias Previas seguidas al número 94/2013 ante el Juzgado de Instrucción nº 6 de los Ceuta, en las que se dictó auto de sobreseimiento provisional de las actuaciones por falta de autor conocido de la infracción denunciada en fecha 31 de enero de 2013.
No obstante, la jueza entiende que "no ha quedado acreditado que el contenido de la denuncia interpuesta por el acusado no se ajustase a la verdad", relato mantenido por el letrado Cabillas en el acto judicial.
Por último, es preciso señalar que la jueza da suma importancia a las testificales aportadas por la Defensa, como al afirmar que "el hijo menor del encausado vino a corroborar íntegramente en el plenario la versión de los hechos sostenida por su padre tanto en fase sumarial como en el acto del juicio, ya que, aún cuando no pudiera precisar con exactitud las fechas a las que estaba haciendo referencia, atendido el tiempo transcurrido desde que tuvieron lugar los hechos que relataba, sí constató como uno de los fines de semana que pasó en compañía del acusado en el Casino Militar, a la llegada de ambos a la habitación de su padre, se encontraron la puerta entornada, habiéndole éste manifestado al día siguiente que le habían sustraído tanto el teléfono móvil como diversa documentación personal", razones que concluyen en la sentencia absolutoria elevada.

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