El hombre realizó la obra en la zona de Cerro Mendizábal sin tener licencia de construcción La sala de lo Penal número Uno de nuestra ciudad acogió ayer un juicio en el que se trataba de dirimir si dos vecinos de Ceuta, hermanos entre sí, habían incurrido en un delito contra la ordenación del territorio, hecho que finalmente quedó probado respecto a uno, que además se conformó con la pena que para él solicitaba el Ministerio Fiscal.
De tal modo, el hombre deberá demoler de inmediato la casa que construyó en la zona Cerro Mendizábal de nuestra ciudad, construcción que acometió sin que tuviera ningún tipo de licencia de los organismos competentes tanto de la Ciudad como del Ministerio de Fomento.
Por ello, el hombre fue condenado, tras mostrar conformidad con la pena que elevaba en su escrito el Ministerio Fiscal, a un año de prisión y al pago de una multa de 720 euros, consecuencia tener que abonar dos euros al día durante doce meses. Además, se estimó en la sentencia firmada por la magistrada juez titular de lo Penal número Uno que el condenado no pueda acometer obra alguna durante un periodo de un año a contar desde ayer. Asimismo, y respecto a la pena de cárcel, cabe destacar que el hombre no ingresará en la misma al quedar el año impuesto suspendido por un espacio de dos años siempre y cuando acceda a demoler la casa.
Sobre la obra ilegal, es preciso señalar que la misma constaba de dos plantas, el bajo y una primera, ambas erigidas al margen de la Ley por el simple hecho de que se realizó en un suelo no urbanizable en la citada zona de Cerro Mendizábal si bien este tipo de construcciones no son específicas de un punto concreto de la ciudad. En este sentido, es necesario añadir que ambos juzgados de lo Penal que operan en nuestra ciudad, es decir, lo Penal Uno y lo Penal Dos, han acogido en los últimos meses casos similares, saldándose todos y cada uno de ellos, con una condena que recogía la necesidad de que las casas construidas de manera ilegal fueran derribadas de inmediato, como así fue posteriormente de que se celebraran las vistas en cuestión y se elevaran las condenas.






