Estas sanciones, denunciadas por los
Cuerpos de Seguridad, no tienen afán recaudatorio, sino disuadir a los ciudadanos sobre comportamientos y actuaciones que ponen en riesgo la salud pública, especialmente la de los colectivos vulnerables, y al mismo tiempo garantizar el cumplimiento de las medidas de prevención y recomendaciones sanitarias para combatir la propagación de la COVID-19 y evitar nuevos contagios.
Obligatoriedad del uso de mascarillas por la pandemia
La Ciudad Autónoma de Ceuta estableció el uso obligatorio de la mascarilla para las personas mayores de seis años el pasado 23 de julio. En el decreto firmado por el consejero del área se marcaba la obligatoriedad en la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquiera cerrado de uso público o que se encuentre abierto para dicha finalidad, aunque pueda garantizarse la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros. En cuanto a las sanciones, su imposición se regula por lo dispuesto en el artículo 31.2 del Real Decreto legislativo 21/2020 que establece que el incumplimiento del uso de la mascarilla será considerado infracción leve y sancionado con multa de hasta 100 euros. El tipo de mascarilla a utilizar no deberá estar provista de válvula exhalatoria, salvo los usos profesionales para los que este tipo pueda estar recomendada. Asimismo, en un uso adecuado de la mascarilla, esta debe cubrir desde parte del tabique nasal y hasta la barbilla incluida. Del mismo modo, es obligatorio el uso de la mascarilla en todos los medios de transporte, así como en los desplazamientos en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de estos no conviven en el mismo domicilio.