• Contacto
  • Vuelos
  • Sorteo Cruz Roja
  • COPE Ceuta
  • Portal del suscriptor
jueves 5 de noviembre de 2026   
El Faro de Ceuta
  • Sucesos
  • Tribunales
  • Política
  • Frontera
  • Educación
  • Sociedad
    • Sociedad caballa
  • Deportes
  • Marruecos
  • Opinión
    • Editorial
    • Cartas al director
    • Colaboraciones
    • Viñeta
Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Sucesos
  • Tribunales
  • Política
  • Frontera
  • Educación
  • Sociedad
    • Sociedad caballa
  • Deportes
  • Marruecos
  • Opinión
    • Editorial
    • Cartas al director
    • Colaboraciones
    • Viñeta
Sin resultados
Ver todos los resultados
El Faro de Ceuta
Sin resultados
Ver todos los resultados

¿Cuándo es obligatorio declarar la renta de un fallecido?

La Campaña de la Renta 2024 está a punto de arrancar y ni siquiera el fallecimiento de un contribuyente exime a sus herederos de rendir cuentas ante Hacienda en estos casos

Por Isabel Jiménez
31/03/2025 - 09:31
coche-funebre-cementerio-fallecimiento-muerte
Imagen de archivo
Compartir en WhatsappCompartir en Facebook

La Campaña de la Renta 2024 arranca en Ceuta el próximo miércoles 2 de abril, y ni siquiera el fallecimiento de un contribuyente exime a sus herederos de rendir cuentas ante Hacienda.

Aunque la persona haya fallecido durante el ejercicio fiscal, sus obligaciones tributarias siguen vigentes y deben ser cumplidas por quienes hereden sus bienes y derechos.

Ante esta situación, la firma legaltech Legálitas detalla quién debe encargarse de presentar la declaración, cómo realizar el trámite y las consecuencias de no cumplir con esta responsabilidad fiscal.

¿Cuándo es obligatorio presentar la Renta de un fallecido?

Los herederos están obligados a presentar la Declaración de la Renta del difunto si los ingresos percibidos hasta la fecha del fallecimiento superan los umbrales establecidos por la Agencia Tributaria.

Actualmente, están sujetos a esta obligación aquellos contribuyentes cuyos ingresos hayan alcanzado o superado los 22.000 euros. Por ejemplo, si el fallecido recibía una pensión cuyo importe bruto anual superaba esa cifra, debía presentar declaración, y esta responsabilidad recae ahora en sus herederos.

No cumplir con este trámite puede derivar en la transmisión de las obligaciones tributarias pendientes a los herederos, además de posibles sanciones por incumplimiento.

¿Cómo deben presentar la declaración los herederos?

La Renta del fallecido debe presentarse siempre de forma individual. En cuanto al resto de la unidad familiar, podrán optar por presentar su declaración de manera conjunta o individual.

Por ejemplo, si en un núcleo familiar formado por un matrimonio y dos hijos menores fallece el padre, se deberá presentar la declaración individual del fallecido. Mientras tanto, la madre podrá presentar su declaración de forma conjunta con los hijos menores, si así lo prefiere.

Si el fallecido estaba casado, pero sin hijos o con hijos ya independizados, su declaración deberá hacerse de manera individual. La viuda también deberá presentarla de manera individual en caso de estar obligada, salvo si el fallecimiento ocurrió el 31 de diciembre, según explica Legálitas.

Cuando el difunto no deja familiares directos, la obligación de presentar la Renta recaerá en los herederos legales.

declaracion-renta-2021-2022

Acceso a los datos fiscales del fallecido

Para consultar los datos fiscales de una persona fallecida, es necesario acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria mediante su número de referencia, ya que ni el certificado digital ni la clave PIN del difunto pueden utilizarse.

Si los herederos no disponen del número de referencia del contribuyente fallecido, pueden solicitarlo a la Administración Tributaria con cita previa a nombre del fallecido.

Además, deberán acreditar su condición de herederos presentando documentación como el testamento, la escritura de adjudicación de herencia o cualquier otro documento que justifique su derecho sobre los bienes del difunto.

¿Qué ocurre si la Renta del fallecido resulta a pagar o a devolver?

El resultado de la declaración determinará si los herederos deben asumir un pago o recibir una devolución:

  • Si la declaración resulta a pagar, la deuda tributaria será responsabilidad de los herederos.
  • Si la declaración resulta a devolver, los herederos podrán solicitar el reintegro de la cantidad correspondiente, presentando una solicitud de pago de devolución.

Por otro lado, los herederos solo tributarán por los rendimientos generados por los bienes heredados a partir del fallecimiento. Por ejemplo, si se hereda una vivienda alquilada, los alquileres percibidos desde la fecha del deceso deberán declararse en la Renta de los herederos.

En definitiva, aunque la persona haya fallecido, sus obligaciones fiscales no desaparecen. Los herederos deben asegurarse de cumplir con la normativa para evitar sanciones y gestionar correctamente la tributación del patrimonio heredado.

Etiquetas: EconomíaFunerariaImpuestosRenta

Contenido relacionado

Chandiramani presenta unos "presupuestos de guerra" para sostener Ceuta tras la crisis de julio

Solo Ceuta Ya! y Vox rechazan en comisión de Hacienda los Presupuestos de Ceuta

hace 3 horas
La Cámara de Comercio impulsa el 'POP UP MARKET': 20 comercios locales se reúnen en el Hotel Ulises

La Cámara de Comercio impulsa el 'POP UP MARKET': 20 comercios locales se reúnen en el Hotel Ulises

hace 3 horas
Inmigración y paro: principales problemas para los ceutíes, que aprueban la gestión de la Ciudad

Inmigración y paro: principales problemas para los ceutíes, que aprueban la gestión de la Ciudad

hace 7 horas

Subida de las pensiones en 2027: cuándo se conocerá el IPC que marcará cuánto cobrarán los jubilados

hace 20 horas
La Cámara de Comercio de Ceuta, entre los protagonistas de los IV Premios del Club Talento

La Cámara de Comercio de Ceuta, entre los protagonistas de los IV Premios del Club Talento

hace 1 día
Chandiramani presenta unos "presupuestos de guerra" para sostener Ceuta tras la crisis de julio

Chandiramani presenta unos "presupuestos de guerra" para sostener Ceuta tras la crisis de julio

hace 3 días
  • Grupo Faro
  • Publicidad
  • Contacto
  • Aviso legal – Protección de datos
  • Política de cookies
  • Política de privacidad
  • Política editorial
  • Términos de uso

Grupo Faro © 2026

Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Sucesos
  • Tribunales
  • Política
  • Frontera
  • Educación
  • Medioambiente
  • Sociedad
    • Sociedad caballa
  • Deportes
  • Marruecos
  • Opinión
    • Editorial
    • Cartas al director
    • Colaboraciones
    • Viñeta

Grupo Faro © 2026