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Control horario a empleada del hogar: así afecta a quien la tenga contratada

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sentenciado que es obligatorio registrar la jornada laboral de las empleadas del hogar, igual que en cualquier otro sector

Por Isabel Jiménez
19/06/2025 - 14:12
transfronterizas ok
Imagen de archivo
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Ahora que el Congreso centra su atención en el anteproyecto de ley que plantea reducir la jornada máxima legal de 40 a 37,5 horas semanales, reformar el sistema de registro horario y reforzar el derecho a la desconexión digital, resulta especialmente oportuno recordar una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el empleo doméstico. En Ceuta es habitual la contratación de trabajadoras transfronterizas procedentes de Marruecos para el servicio del hogar y esta resolución afecta directamente a los empleadores que las tienen contratadas.

La justicia europea ha hablado claro: los empleadores del servicio doméstico —es decir, quienes tienen contratada a una persona para trabajar en su hogar— deben llevar un registro de la jornada laboral, igual que ocurre con cualquier otro trabajador.

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) supone un giro en la normativa española que tradicionalmente eximía a los hogares familiares de esta obligación.

Hasta ahora, el Real Decreto 1620/2011, que regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar, permitía que no se registraran las horas trabajadas, una práctica respaldada por la interpretación de los tribunales españoles. Sin embargo, según la sentencia del TJUE, esa exención vulnera la legislación comunitaria y los derechos fundamentales de las trabajadoras del hogar, que en su inmensa mayoría son mujeres.

¿Qué implica esta sentencia para quienes tienen contratada a una empleada del hogar?

Desde ya, si tienes en Ceuta a una persona contratada para trabajar en tu casa –ya sea interna o externa– estás obligado a registrar sus horas de trabajo. Esto incluye la hora de entrada, la de salida, los descansos y cualquier hora extra que pueda hacer. El objetivo es garantizar que se respeten sus derechos a descansos diarios y semanales y que no se exceda el tiempo máximo de trabajo.

Según el TJUE, no registrar la jornada impide a las trabajadoras demostrar cuántas horas han trabajado, lo que vulnera el artículo 31.2 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, y los artículos 3, 5 y 6 de la Directiva 2003/88, que garantizan tiempos mínimos de descanso y limitación de jornada.

tribunal-justicia-tue-union-europea
EFE

¿Qué pasa si no cumples?

Aunque la sentencia no impone sanciones directamente, abre la puerta a que un juzgado español dé la razón a una empleada del hogar si denuncia que no se le ha registrado la jornada, sobre todo si hay conflicto sobre horas extras, descansos o vacaciones no disfrutadas. Además, la Inspección de Trabajo podría intervenir y exigir el cumplimiento, como ya hace con otras empresas.

¿Cómo hacer el registro?

El TJUE no impone un formato cerrado. Puedes hacerlo con un sistema digital, una hoja de firmas diaria o una plantilla en papel. Lo importante es que sea objetivo, fiable y accesible, tanto para ti como para la trabajadora, y que se conserven los registros durante al menos cuatro años, como exige el Estatuto de los Trabajadores.

¿Por qué esta sentencia es especialmente relevante para Ceuta?

En ciudades como Ceuta, donde muchas familias contratan personal doméstico –a menudo mujeres marroquíes–, la sentencia mejora su protección legal y garantiza que sus derechos laborales no queden en el limbo por no existir un sistema de control.

Además, si tu empleada del hogar vive en tu casa, se vuelve aún más crucial diferenciar claramente el tiempo de trabajo del tiempo de descanso.

En resumen, si tienes contratada a una empleada del hogar en Ceuta, ya no es una opción: debes llevar un registro diario de su jornada. Esta medida, más allá de cumplir con Europa, también te protege a ti como empleador ante posibles reclamaciones futuras.

Recuerda: registrar no es complicado, y puede evitarte muchos problemas. La justicia europea ya ha dejado claro que todas las personas trabajadoras –también en casa– tienen derecho a que su tiempo de trabajo sea respetado.

Etiquetas: Empleo y trabajoJuzgadosUnión Europea (UE)

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Comentarios 2

  1. Caballa comentó:
    hace 1 año

    Es increible ,en pais marruecos a la féminas que trabajan en el hogar nunca se le ha respetado e incluso malos tratos diarios con violaciones y mucho menos legalizarla como trabajadora de hogar ,lo se por que lo he visto

  2. A currar todas comentó:
    hace 1 año

    Y las que piden diciendo que son vulnerables,que si la pobreza,a que esperan para ponerse a trabajar? O es que empleada de hogar es poco para ellas; hay muchas mujeres cobrando ayudas y si se niegan a aceptar esos puestos quitarle las ayudas,señal que quieren vivir por la cara del estado

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