Utilizar, sujetándolo con la mano, un dispositivo de telefonía móvil mientras se conduce un vehículo en Ceuta supone enfrentarse a una multa y a una pérdida de puntos del carnet que han ganado severidad tras las sucesivas reformas normativas.
Lo que para muchos conductores puede parecer un gesto inofensivo o una consulta rápida de una notificación, es considerado por la Dirección General de Tráfico (DGT) y las autoridades ceutíes como una de las conductas más peligrosas en la vía pública.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este martes una resolución en las que se confirma la firmeza de la administración frente a estos comportamientos.
En casos gestionados por la Ciudad Autónoma de Ceuta, se ha ratificado que el hecho de portar el dispositivo manualmente, independientemente de si se está hablando por él o no, es motivo suficiente para iniciar un procedimiento sancionador.
El caso conocido este viernes se refiere a los hechos ocurridos el pasado 19 de septiembre de 2025 cuando se formula denuncia por supuesta infracción a las normas de circulación contra una persona que, al volante, la vieron "utilizar, sujetándolo con la mano, un dispositivo de telefonía móvil mientras conducía”
Una infracción tipificada en la Ley de Seguridad Vial que está calificada como grave.
Según los antecedentes de hecho de estos expedientes, las denuncias formuladas por los agentes de la autoridad tienen un valor probatorio fundamental, lo que dificulta que el infractor pueda eludir la responsabilidad a menos que presente una prueba sólida en contrario.
Desde el punto de vista legal, esta acción se encuentra tipificada en el artículo 76 de la Ley de Seguridad Vial y es calificada de forma inequívoca como una infracción grave.
Las consecuencias para el conductor no son baladíes: la multa económica se fija habitualmente en 200 euros, pero el golpe más duro suele ser la detracción de 6 puntos del permiso de conducción.
Este endurecimiento en la pérdida de puntos busca concienciar sobre el riesgo real de retirar la vista de la carretera o una mano del volante.
El procedimiento administrativo, una vez que la instrucción concluye y no se han desvirtuado los hechos, agota la vía administrativa mediante decretos de resolución.
A partir de ese momento, al ciudadano solo le queda la opción de interponer recursos de reposición o acudir a la vía judicial contencioso-administrativa.
Sin embargo, más allá de la batalla legal o el coste monetario de la multa, las autoridades insisten en que el objetivo final es la seguridad de todos los usuarios de la vía. Sujetar el móvil no solo distrae; anula la capacidad de reacción ante un imprevisto, convirtiendo un dispositivo de comunicación en un factor de riesgo mortal.
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