Una sentencia insta al Ingesa a negociar los cambios en las condiciones de trabajo

La resolución del Contencioso Administrativo es favorable a los médicos de familia y anula las medidas por la alta frecuentación.

Una sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo nº 2 declara nula la resolución de 8 de octubre de 2009 referente a la alta frecuentación por la gripe A así como la reordenación de Atención Primaria del Ingesa, e insta a la administración a negociar con los sindicatos cualquier modificación de las condiciones de trabajo de acuerdo con el artículo 80.1 del Estatuto Marco del Personal Sanitario.
Las movilizaciones iniciadas el 8 de octubre de 2009 en los centros de salud, recuerda Ángel Lara, secretario general de la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO, estuvieron motivados por estos cambios organizativos. “Estamos satisfechos porque la justicia nos da la razón”, señaló el comisionista. Del total de 16 facultativos que interpusieron recurso, la sentencia de unos diez o doce son en este sentido. “Esta administración tiene un talante poco democrático que recuerda a otros tiempos”, añadieron los servicios jurídicos. No obstante, el Ingesa dispone de la posibilidad de recurrir aunque consultado por esta cuestión guardó silencio.
El magistrado basa la decisión en que el motivo de impugnación referente a la obligación de asistir a pacientes ajenos al cupo, que se asigna cada médico sin percibir ninguna retribución y sin haber dado a los usuarios la posibilidad de ejercer el derecho de libre elección de médico, es nulo. Caso que supondría, dictaminó el juez, una modificación de las condiciones laborales.
Por otro lado, fija la obligatoriedad de que la administración debe negociar con las organizaciones sindicales cuando modifiquen las condiciones laborales y la consulta ha de ser previa a la toma de decisión abierta a sugerencias, propuestas y reclamaciones que los interlocutores puedan formalizar durante un periodo de tiempo determinado, requisitos que no acontecen en el presente caso de Primaria.
En cuanto a la reclamación de una retribución calculada en referencia al número de total de tarjetas individuales sanitarias asignadas, los médicos aclararon que sólo se solicitó la declaración de nulidad del reparto de usuarios sin sustituciones en Primaria.

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