Conformidad para solventar el litigio abierto desde abril de 2008 entre acusados y acusación.
De tal modo, el tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta dictó ayer sentencia firme ‘in voce’ y condenatoria contra F.G.L., natural de Ávila, y contra S.P.M., ceutí y residente en la ciudad, por cometer un delito continuado de estafa en base a lo que recoge el artículo 248.1 en relación al artículo 74 del C.P., tras mostrar ambos conformidad con la petición planteada por la Fiscalía y por acusación particular.
Por consecuencia se procedió a imponer a los dos acusados la pena de un año y nueve meses de prisión así como al pago de una indemnización económica, en una cantidad exclusiva en cada caso, cuyos destinatarios serán las personas que resultaron perjudicadas por F.G.L. y S.P.M.
Los hechos por los que fueron condenados los dos hombres, sin antecedentes penales en la fecha de comisión de los hechos F.G.L. y sin antecedentes penales S.P.M., se remontan al mes de abril del año 2008 cuando los acusados, el primero como gerente de la empresa ‘Europa Multiservicios’ y el segundo interviniendo como delegado de zona de la empresa y cuya función principal era la de captar a personas interesadas en conseguir un título homologado de controlador de cámaras de vigilancia, guiados por el ánimo de obtener un beneficio ilícito, ofertaron la realización en Ceuta de un curso orientado al manejo de tales cámaras con la promesa de facilitar posteriormente en la mencionada empresa diversos puestos de trabajo de vigilantes de seguridad, sin la intención de que dicho curso no se realizara.
Fue entonces cuando los ciudadanos que mostraron interés en el curso y que, consecuencia de ello, realizaron, tras apuntarse, al mismo, ingresos de distintas cantidades económicas a la cuenta de F.G.L., recibieron la información, ofrecida por los propios acusados, de que las fechas previstas para la celebración del curso se retrasaba en reiteradas ocasiones, recibiendo por este motivo continuadas excusas hasta el punto de que el citado curso de controlador de cámaras de vigilancia no llegó a celebrarse nunca.
Ante esta situación, todos los perjudicados, dieciséis, a excepción de uno, denunciaron el caso y reclamaron las cantidades entregadas y que ahora recibirán, tras la conformidad del juicio de ayer, el dinero en concepto de indemnización, gasto que correrá a cargo de ambos condenados.
La cantidad a recibir por los denunciantes es dispar, según el dinero que en su día ingresaron, por lo que se repartirán en distintas cantidades, que oscilan entre los 200 euros de la menor y los 450 euros de la mayor.
No obstante, tanto F.G.L. y S.P.M. evitarán el ingreso a prisión por espacio de año y nueve meses como estaba previsto por no tener ambos antecedentes penales, como anteriormente ha quedado explicado con detalle, y a condición en el caso del primero de que se someta a tratamiento médico durante el período que abarca la suspensión de pena.
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