Una vez que “las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) se han incorporado en todos los centros docentes como un recurso más en los procesos ordinarios de enseñanza aprendizaje”, las Instrucciones del Ministerio para el inicio del nuevo año académico establecen que en cada centro docente la persona responsable de la Dirección deberá nombrar a un profesor, “preferentemente con destino definitivo” para, por un curso escolar con posibilidad de renovación, que se encargue de “la tarea de impulsar y coordinar cuantas actuaciones tengan relación con su utilización curricular ”. T
Todo ello se tendrá que recoger en un Plan de Trabajo que, a su vez, deberá incluirse en la Programación General Anual del centro, y contendrá todos los documentos preceptivos de los distintos proyectos en los que el centro participe relacionados con esas Tecnologías.
El coordinador de TIC formará, además, parte de la Comisión de Coordinación Pedagógica. Sus funciones abarcan, entre otras, las de “coordinar y dinamizar la integración curricular de las TIC “; “elaborar propuestas para la organización y gestión de los medios y recursos tecnológicos del centro y velar por su cumplimiento”; o “asesorar al profesorado sobre materiales curriculares en soportes multimedia, su utilización y estrategia de incorporación”.
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