La magistrada del juzgado de lo Penal número dos dictó ayer sentencia firme condenatoria contra un hombre acusado de cometer un delito de robo con fuerza en las cosas de los artículos 237, 238.2 y 240 del Código Penal. La condena que se le impuso consistió en un año de prisión, que no deberá cumplir al suspendérsele condicionalmente la pena, y en la obligación de pagar 200,85 euros a la víctima en concepto de indemnización por los daños ocasionados en el vehículo y por los objetos sustraídos y no recuperados, en este caso un radiocasete. El acusado reconoció los hechos y se conformó con la pena que le ofrecía la representante del Fiscal. La jueza le concedió al hombre la posibilidad de pagar la indemnización en cuatro palzos de 50 euros cada uno. Los hechos por los que el hombre fue condenado tuvieron lugar el día 2 de noviembre del año 2007, sobre las 2.15 horas. El acusado rompió el cristal delantero izquierdo de un vehículo -el de la parte del conductor- y se introdujo en su interior para robar todo lo que encontrara. Finalmente, logró extraer el radiocasete del coche y se marchó del lugar del robo. El acusado llegó tarde all juicio. Según contó, procedía de Marruecos y se había retrasado en la frontera. Lo curioso del caso es que, según se dijo durante la vista oral, sobre el acusado podría pesar una orden administrativa de expulsión y prohibición de entrada en el territorio español, hecho que no habría impedido que el hombre cruzara la frontera para ir a juicio en la mañana del día de ayer.
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