Un año de prisión y el pago de una indemnización de 3.600 euros es la sentencia que la magistrada del Juzgado de lo Penal número 2 dictó ayer contra A.S. por un delito de lesiones, con agravante por el uso de instrumento peligroso, del que fue exculpada una segunda acusada, R.M., tras la renuncia de una de las testigos a continuar con las acciones contra ella.
Los hechos tuvieron lugar el 8 de diciembre del pasado año en un pub situado en el Poblado Marinero. Sobre las 04.00 horas, y mientras esperaban su turno en los baños del local, se inició una discusión entre las dos acusadas y otras tres jóvenes, en el curso de la cual R.M. empujó fuertemente a una de ellas. En ese momento, también intervino A.S. lanzando un vaso de cristal a otra de las denunciantes, a la que ocasionó lesiones consistentes en heridas en la cara, que requirieron tratamiento quirúrgico.
A.S. reconoció los hechos de los que se le acusaba y aceptó la pena impuesta, aunque no deberá ingresar en prisión al no contar con antecedentes. La pena le ha sido sustituida por dos años de responsabilidad personal subsidiaria, es decir, periodo de tiempo en el que no podrá cometer ningún delito o deberá cumplir la sentencia. Por otra parte, la magistrada aplicó como atenuante el hecho de que la acusada ya había abonado la indemnización a la víctima.
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