La Sección Sindical de UGT en la Ciudad Autónoma propondrá a la Administración retirar del listado de requisitos para poder concurrir a las quince plazas de la Policía Local que se prevén convocar a corto plazo el contar con el carné de conducir A, ya que según explicó ayer José Miguel Antúnez “solamente tres motocicletas del parque de vehículos del Cuerpo lo exigen para poder pilotarlas y puede excluir a personas de la posibilidad de presentarse al proceso selectivo”.
La conducción de ciclomotores y motocicletas está supeditada a la posesión de cuatro tipos de permisos, los cuales en general, requieren efectuar un examen de moto. De estos cuatro, el A es el que otorga la posibilidad de manejar cualquier tipo de motocicleta y triciclo motorizado.
Esta licencia otorga todas las capacidades para la conducción de este tipo de vehículos pero pueden obtenerlo únicamente las personas que cuenten con más de 20 años de edad, estén en posesión del permiso A2 con al menos dos años de antigüedad y realicen un curso de acceso progresivo.
Hasta 2009, para conseguir el permiso de conducción de la clase A, que permite conducir toda clase de motocicletas sin limitación de potencia ni de relación potencia/peso, bastaba con ser titular, con una antigüedad mínima de dos años, del permiso de la clase A limitado a la conducción de motocicletas con una potencia no superior a 25 kilovatios y una relación potencia/peso de hasta 0,16 kilovatios/kilogramo. Transcurrido ese plazo, la expedición del permiso sin limitación se producía de forma automática.
En aplicación de la normativa comunitaria, el Reglamento General de Conductores, por el que se llevó a cabo la transposición de la citada Directiva al ordenamiento español, exige, para obtener el permiso de conducción de la clase A, además de ser titular de un permiso de la clase inmediatamente inferior, la A2, con una experiencia mínima de dos años en la conducción de las motocicletas que autoriza a conducir dicho permiso, superar una formación que se ha en la realización de un curso cuyo contenido comprende un número de horas de formación teórica (con especial incidencia en la concienciación y sensibilización) y un número de horas de prácticas de maniobras y de circulación.
Para ser admitido a la realización de las últimas pruebas selectivas de la Policía Local convocadas por la Ciudad, con 9 plazas en liza de las que se cubrieron 8, los aspirantes debían, además de “estar en posesión de los permisos de conducir de las clases A y B”, tener el Título de Bachiller o Técnico, carecer de antecedentes por delitos dolosos, no haber sido separados mediante expediente disciplinario,del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitados para el desempeño de funciones públicas, y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa, entre otros requisitos mínimos.
UGT también va a pedir que los profesionales del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Ciudad actualicen y aclaren los pasos para superar la criba médica del proceso selectivo para convertirse en policía local, un protocolo que habitualmente no deja a un gran número de opositores en el camino pero que en las últimas oposiciones locales al Cuerpo sí descabalgó a decenas de aspirantes.
En las últimas bases se decía que los candidatos tendrían que “acreditar la aptitud física mediante la presentación de un certificado médico extendido en un impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio”, en el que se hiciera constar expresamente “que el aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de los ejercicios físicos”.
De las 59 personas que presentaron los informes requeridos para superar el examen médico únicamente 34 fueron consideradas aptas y otras 23 no aptas.
‘No presentar la documentación requerida’ o no hacerlo en la ‘forma’ exigida fueron las causas de ‘no apto’ más frecuentes tras exigirse el historial médico completo que no todos pudieron aportar.
El reconocimiento médico incluía pruebas para detectar distintas causas de exclusión con la aportación de “pruebas complementarias”.
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