La Comisión Europea “es consciente” de “la situación específica de Ceuta y Melilla” y de la de sus fronteras “que cada día atraviesa un elevado número de personas para el pequeño comercio y otros fines, lo que genera una presión constante en la frontera y dificultades de orden público”.
A su juicio, con arreglo al Acuerdo de Adhesión de España, existen procedimientos de control específicos en el Tarajal II “para reducir la presión en la frontera y regular el flujo de tráfico diario”.
De hecho, en su respuesta a una pregunta de la eurodiputada Marina Albiol sobre la situación de las porteadoras, ha explicado que “durante una visita de ‘evaluación Schengen’ con previo aviso realizada en septiembre a las fronteras exteriores españolas, incluida Ceuta, se verificó la aplicación del acervo de Schengen por España”.
No obstante, “en los próximos meses”, la Comisión aprobará un informe “de conformidad con el procedimiento establecido por el Reglamento de evaluación de Schengen”.
A ojos de la Comisión, con arreglo al artículo 31 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, “todo trabajador tiene derecho a trabajar en condiciones justas y equitativas que respeten su salud, seguridad y dignidad”.
En ese sentido, dice que la UE ha adoptado “un amplio corpus legislativo sobre diversos aspectos de las condiciones de trabajo y de salud y seguridad en el trabajo” y advierte que “las autoridades nacionales” son las responsables de “valorar” los casos concretos de las miles de mujeres del país vecino “que trabajan como porteadoras entre Marruecos y Ceuta y Melilla”.
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