La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por Invercap contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Ceuta, que confirma la legalidad del desistimiento de la expropiación forzosa del Pasaje Fernández de Ceuta.
Ya el Contencioso había dado la razón a la Ciudad después de que la sociedad interpusiera recurso contra el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno de la Ciudad que el 6 de febrero de 2015 renunció a la expropiación de parte del solar del antiguo Pasaje Fernández.
La promotora inmobiliaria pretendía que se declarara nulo el desistimiento del procedimiento expropiatorio porque consideraba “arbitraria” la decisión del Ejecutivo presidido por Juan Vivas, que a su juicio incurría en “desviación de poder” porque “no cabe desistir de una expropiación sin que desaparezcan las causas que motivaron la utilidad pública declarada” y “porque la finalidad de dicho desistimiento fue eludir el pago del justiprecio”.
Además, alegó “improcedencia” del cauce elegido por la Administración para apartarse de la expropiación iniciada al entender que, en todo caso, hubiera tenido que seguir el procedimiento de revisión de oficio recogido en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Se abrió entonces un periodo de negociación de mutuo acuerdo en el que la Administración ofreció el pago en especie mediante la adjudicación a la propiedad de una serie de terrenos con condiciones sobre edificabilidad que no tuvo final feliz.
Lo que ahora ha hecho el TSJA es desestimar el recurso de Invercap, confirmando la sentencia inicial.
Todas las alegaciones presentadas por la sociedad contra la decisión del Contencioso de Ceuta no han sido atendidas por el Tribunal que confirma la línea que en este conflicto ha mantenido la Ciudad Autónoma.