Noticias

El TSJA ordena mantener el régimen de venta en las casas de Serrano Orive

El Tribunal rechaza el recurso de la Ciudad contra la sentencia que anuló la recalificación de 2018

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la Ciudad Autónoma de Ceuta contra la sentencia que, en abril, dictó el Juzgado local número 2 dando la razón a varios adjudicatarios de la promoción de viviendas de Serrano Orive representados por el bufete de ‘Lería&Martínez’ en el sentido de que su régimen debe seguir siendo considerado para venta de acuerdo con lo dictaminado en 2013 y no, como acordó la administración cinco años después, para alquiler.
La Justicia ha considerado en segunda instancia que “la diferencia entre el régimen de viviendas para venta y el de arrendamiento recae de parte de Emvicesa y no de los ocupantes”. “De los actos de la empresa municipal, esencialmente manifestados a través de la solicitud de recalificación de las viviendas y simultánea recalificación en 2018, se desprende que dicha intención no existe y que, por tanto, el valor que se puede atribuir a esos derechos patrimonialmente hablando es nulo”, considera desde la discrepancia el TSJA.
“La administración demandada dictó el 18 de agosto de 2018 una resolución acordando revocar y dejar sin efecto la de 2013 que había resuelto el cambio de calificación de viviendas protegidas en alquiler a en venta”, recuerda el Tribunal, que estima que el último intento de cambio entrañó “una sustancia modificación del régimen jurídico aplicable que incidió necesariamente en el haz de facultades que correspondía a sus titulares”.
La Ciudad no podía, a ojos de la Justicia, “dejar sin efecto una resolución previa dotada de las presunciones de legalidad y ejecutoriedad que le corresponden, con una clara incidencia en los derechos y facultades de otros interesados, al margen de todo procedimiento y prescindiendo del trámite de audiencia a estos últimos”.
El Juzgado local ya había concluido que “resulta incuestionable que la resolución revocatoria se materializó sin procedimiento previo ni audiencia a los interesados” y que, al tratarse de una ventaja para los afectados, “no existe en nuestro ordenamiento la posibilidad de revocar por motivos de oportunidad los actos favorables por muy perjudiciales que sean para los intereses públicos”.
El TSJA ha decidido, además, imponer las cosas de apelación a la Ciudad, que deberá abonar por ellas un máximo de 800 euros.

Fracaso judicial en los desahucios

La Ciudad Autónoma también ha fracasado judicialmente en su intento de desahuciar a los adjudicatarios de las casas de Serrano Orive que no las dejaron voluntariamente cuando se les instó a hacerlo para poder mantener la promoción, como fue concebida, para el alquiler barato destinado a facilitar la emancipación de jóvenes.

Entradas recientes

El patrón de una embarcación cargada de inmigrantes, a prisión

La autoridad judicial ha ordenado el ingreso en prisión preventiva en Ceuta del patrón de…

26/09/2026

Joaquín: "A pesar de la situación, me está gustando mucho Ceuta"

Victoria, por fin, de la Agrupación Deportiva Ceuta en el Alfonso Murube. El primer resultado…

26/09/2026

1x1 del AD Ceuta-Real B: Carlos Hernández tumba al Sanse con un doblete

Sí, otra vez. Carlos Hernández volvió a ejercer de héroe para la Agrupación Deportiva Ceuta.…

26/09/2026

Romero califica de "broma" la suspensión del amistoso de España Sub-20 en Ceuta

En la rueda de prensa posterior a la victoria de la Agrupación Deportiva Ceuta sobre…

26/09/2026

Sociedad caballa: la emotiva boda de Vanesa y Fran en la Iglesia de Los Remedios

La Iglesia de Nuestra Señora de los Remedios, en Ceuta, uno de los templos más…

26/09/2026

JJ Romero: "Qué bonito es ganar, ya ni me acordaba"

La Agrupación Deportiva Ceuta sumó su primera victoria de la competición siete jornadas después. Los…

26/09/2026