Categorías: Tribunales y justicia

Tres años y cuatro meses por pasar 88 kilos de hachís

El acusado se conformó con la pena que le ofrecía el Fiscal, que rebajó considerablemente su petición de cárcel.

El magistrado del juzgado de lo Penal número dos dictó ayer sentencia firme condenatoria contra un hombre acusado de cometer un delito contra la salud pública, recogido en los artículos 368 y 369.6 del Código Penal. La pena que se le impuso consistió en tres años y cuatro meses de prisión más el abono de una multa de 70.000 euros con tres días de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago. El acusado se conformó con la pena que le ofrecía el Ministerio Fiscal, que fue la que se le impuso, y reconoció así ser el autor criminalmente responsable de los hechos que se le imputaban.
La Guardia Civil detuvo al condenado en la zona de preembarque de la estación marítima de Ceuta el día 9 de agosto sobre las 14.20 horas cuando se disponía a embarcar en un ferry con destino a la península con un cargamento de hachís oculto en el vehículo que conducía. El perro guía de la Benemérita detectó la presencia de sustancia estupefaciente en el interior del coche y, tras el registro que se realizó, los agentes lograron intervenir un total de 88,7 kilogramos netos de resina de hachís que estaba escondida en un doble fondo practicado en el maletero del vehículo. El posterior análisis de la sustancia estupefaciente demostró que la misma poseía un índice de pureza muy reducido (2,58 por ciento) por lo que se consideraba como ‘grifa’. De no haber sido así la pena a la que se hubiera enfrentado habría superado los cuatro años de prisión, ya que la cantidad de sustancia ilegal era muy elevada y así lo marcan las tablas por las que se rige la acusación pública. El valor de la droga es de 70.000 euros .
El magistrado decretó el comiso del vehículo utilizado para intentar realizar el pase de hachís, ya que era propiedad del acusado, quien por su parte se declaró insolvente. El juez le advirtió de que se le iba a investigar el patrimonio, se le enbargarían los bienes que tuviera a su nombre y, en caso de ser efectivamente insolvente, tendría que cumplir los tres días que se le habían fijado en concepto de arresto sustitutorio.
El acuerdo entre las partes fue posible gracias al reconocimiento del acusado, quien admitió que intentaba realizar un pase de droga y que la misma iba a ser destinada a la venta o donación a terceras personas.

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