En artículos anteriores ya he expuesto cómo el rey español Felipe II, con visión anticipada de futuro respecto a la posterior españolidad de Ceuta, trató de granjearse el afecto y la simpatía de los ceutíes desde antes de que se convirtiera a la vez en rey de Portugal, concediéndoles bastantes ayudas y beneficios. Luego, en 1580 dicho rey español se convirtió ya también en rey de Portugal. Y, como es conocido, existe también un período, que va desde 1640, fecha en que el país peninsular vecino proclamó su independencia definitiva de España, hasta 1668, fecha en que por el Tratado de Madrid y Paces de Lisboa España reconoció la independencia portuguesa, al igual que Portugal reconoció la soberanía de España sobre Ceuta. Con ello, la mutilación del cuerpo nacional de la Península Ibérica desgajándose Portugal de España, al menos, tuvo la compensación de la españolidad ganada sobre Ceuta. Y se estima que dicho período puede tener su importancia histórica para conocer cómo fue la transición de aquella Ceuta portuguesa a la posterior plenamente española.
Tras haber accedido Felipe II también al renado de Portugal, si bien éste se gobernaba y administraba con bastante autonomía por sus propias instituciones, fue creado para su gobernación más idónea el llamado Consejo de Portugal, de manera que Felipe II reinaba en ambos reinos, pero la institución que en dicho país se encargaba de gobernarlo sería el mencionado Consejo formado casi en su totalidad por los propios portugueses y estando formado el mismo por ministros, secretarios de Estado y personal de administración.
Lógicamente, la Ceuta entonces portuguesa de derecho y española sólo de hecho, también era administrada desde Portugal y sus propias instituciones. Pero al estallar en 1640 en Lisboa la rebelión por la que el país se declaró independiente proclamando al duque de Braganza rey portugués con el nombre de Juan IV, el rey español Felipe IV quiso mantener la ficción de que Portugal aun permanecía bajo la soberanía española, y mantuvo el repetido Consejo de Portugal, cuya organización y mantenimiento económico era en gran parte costeado por España y servido por portugueses elegidos por su afección a la causa española.
Por ejemplo, una de sus misiones era la de pagar a cargo del Erario español sueldos, tensas y moradás (pensiones y premios por servicios prestados) a los portugueses más relevantes que resultaron afectos a España y que no se sumaron a la rebelión de Lisboa, la mayoría de ellos residentes en territorio español. Por eso el Consejo estuvo siempre muy mal visto por los portugueses incluso desde Felipe II, por entender éstos que con él se pretendía hacer de Portugal una provincia española sin apenas instituciones; mientras que a España le interesaba mantenerlo, porque ello le permitía poder contar con una institución pro española en el mismo Portugal.
Tan era así que, a pesar de haber triunfado la rebelión de 1640 y entonces ya el Consejo dejaba de tener razón de ser, se volvió a mantener, aunque rebajado de categoría, y pasó a llamarse Junta, si bien en ocasiones se le volvió a denominar Consejo, aunque habiendo quedado ya bastante devaluado en todos los aspectos y muy mermado en sus competencias y funciones, hasta el punto de que nuestro poeta Quevedo llegó a hacer la siguiente rima sobre el mismo: “Y el Portugal desvanecido / o por serlo tanto / se ha desaparecido”.
Llama la atención el hecho de que buena parte de los miembros de la Junta o Consejo de Portugal eran prestigiosos y relevantes portugueses que anteriormente habían prestado excelentes servicios a Ceuta. Así, fueron miembros de la isntitución Bernardo de Sampayo, que fue visitador de Hacienda de Ceuta, y fiel notario en quien se confió para introducir en esta ciudad los cambios precisos para que aquí no triunfara la rebelión de Lisboa, habiendo el mismo tomado juramento de fidelidad a la monarquía española a los que resultaron fieles a la causa de España. Este prestigioso hombre sirvió luego hasta 10 años como letrado del Consejo, habida cuenta de que no se le quiso mantener en Ceuta por lo significado que se había allí mostrado en favor de España; incluso en 1658 llegó a estar él solo como ministro del Consejo de Portugal, quejándose a España de que así no podía atender todos los expedientes acumulados en la Junta. También perteneció al mismo Luis de Alencantres, que había sido gobernador de Ceuta entre 1644 y 1646. En la Junta fue veedor suplente de Hacienda, habiéndosele dado las mismas prerrogativas y atribuciones que si fuera titular en propiedad del cargo. Igualmente, Jerónimo de Mascarenhas, teólogo y canónigo magistral. Escribió la valiosa “Historia de la ciudad de Ceuta, sus sucesos militares y políticos, memorias de sus santos y prelados y elogios de sus capitanes generales”, escrita en 1648, aunque permaneció inédita sin llegar a publicarse. Y Gaspar Gómez de Abreu, marqués de Trocijal, que fue gobernador de Ceuta en el período 1646-1653
En 1956 falleció el que fuera miembro del Consejo, Gabriel Almeida de Vasconcelos, Secretario de Estado de Portugal. Y Barrionuevo, escribía en la página 201 de sus “Avisos”, donde publicó la siguiente nota necrológica: “Gabriel Almeida Vasconcelos. Murió tres dias ha. Muchos pretenden de su nación este puesto, que es honroso, aunque haya quedado como llave capona, sin ejercicio, sin gajes, no habiendo de donde dárselos”.
Ello refleja el estado de penuria económica que por entonces pasaba la institución, habida cuenta de las enormes dificultades y crisis financiera que atravesaba España, parecidas a la que se nos han llevado en la actualidad por la serie de irresponsables e ineptos que tanto han ido por todo el mundo despilfarrando el dinero público de todos los españoles y promoviendo el descrédito de nuestro país.
Pues tantos o parecidos abusos y excesos de entonces, hicieron tan difícil la situación, que el 1-12-1660, la reina gobernadora tuvo que contestar lo siguiente a varias consultas del Consejo: “La falta de hacienda para acudir a tantos gastos, como cada día se ofrecen, obliga a no pocos a acudir a ellos, como sería menester, y por estas causas se dificulta también el pago de las mesadas que están señaladas en las nóminas de los portugueses, y siendo necesario aliviarlas en lo que fuere posible, he resuelto ordenar a este Consejo de Portugal (como lo hago) que en los adelante precisamente se abstenga de consultar nada en esta consignación, porque no sólo me proponen nuevas mesadas, como he reparado, sino que algunas de las que vacan se van continuando por los herederos”.
En 1658 fueron nombrados Secretario de Estado de la Junta-Consejo un tal Lucena encargado de los asuntos de Gobierno del Consejo, y otro apellidado Almeida, que se le encargó de peticiones y mercedes. Y sobre Ceuta, en virtud de un informe-memorial que emitieron los miembros de dicha institución Bernardo Sampayo y Mascarenhas, la reina gobernadora ordenó que: “En cuanto a los asuntos de Ceuta, se partirán entre ambos Secteraios de Estado, los asuntos de gobierno y de petición y mercedes”, respectivamente; teniendo en cuenta que Ceuta fue el único territorio portugués de Ultramar que no se sumó a la rebelión de Lisboa y permaneció unido a España. Tánger, por el contrario, si bien en principio tampoco secundó la revuelta, al final se sumó a ella.
Por fin, se llegó en 1668 al Trado de Madrid, en virtud del cual ambos países acordaban poner fin a las hostilidades. Y luego en el mismo año, el 19-05-1668, se alcanzaron las llamadas Paces de Lisboa entre España y Portugal, en cuyo artículo 2, se recogía sobre Ceuta: “Vide la carta de la reina gobernadora, comunicando a la ciudad... “. Por dichas Paces, Portugal reconocía y admitía que Ceuta quedara bajo la completa soberanía de España, por haberlo querido así y de forma voluntaria sus moradores.
A partir de entonces, todos los asuntos del gobierno de la ciudad y del presidio, sobre los que anteriormente había venido resolviendo Portugal, pasaron a depender directamente de la Junta o Consejo, tal como quedó recogido en los legajos de correspondencia de los gobernadores de Portugal en Ceuta que se guardan en el Archivo de Simancas bajo el epígrafe “Cartas del Gobernador de Ceuta 1654-1668”.
Una vez firmados el Tratado de Madrid y las Paces de ratificación de Lisboa de 1668, la reina gobernadora española dirigió, en nombre de su hijo menor el rey el siguiente escrito al marqués de Mortara, al conde de Ayala, al Inquisidor y al marqués de la Fuente: “He mandado que el Consejo de Portugal que había en esta Corte quede de aquí en adelante extinguido y asimismo he hecho expresar y declarar en el propio decreto que si los portugueses que acá están con dependencia de allá quisieran escribir, haciendo su cumplimiento de congratulación, podrán ejecutarlo”. (Legajo 2614).