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Tráfico avisa: estás obligado a llevar estos documentos en el coche

La DGT exige que los portes en el vehículo por seguridad y para evitar sanciones de hasta 500 euros

Aunque solo salgas a dar una vuelta con el coche por Ceuta, nunca olvides llevarlos encima. La Dirección General de Tráfico (DGT) ha recordado la relevancia de portar consigo tres documentos fundamentales al conducir, según establece la normativa que regula el tráfico y la seguridad vial.

Este aviso se emite con el propósito de mejorar la seguridad en las carreteras y evitar sanciones que podrían ascender hasta los 500 euros.

La normativa establece claramente que, al ponerse al volante de un vehículo, resulta esencial tener tanto en posesión como en regla tres documentos específicos.

La DGT ha resaltado a través de redes sociales y de su portal web la obligatoriedad de estos documentos para prevenir sanciones administrativas. La legislación actual especifica que al conducir un vehículo, es imperativo llevar tres documentos de forma obligatoria.

Los documentos, disponibles en ‘Mi DGT’

El Ministerio del Interior señala que estos documentos tienen que estar presentes en el automóvil ya que pueden ser requeridos por los agentes en cualquier control de tráfico.

La tecnología ha simplificado la gestión de este 'papeleo' que, antes, se guardaban en la guantera del coche. Ahora la app oficial ‘Mi DGT’ permite a los conductores digitalizar y acceder a estos documentos fácilmente, ofreciendo la misma validez legal que los documentos físicos.

‘Mi DGT’, accesible mediante certificado digital, credenciales cl@ve o datos personales con una clave enviada por la DGT vía SMS, es una herramienta integral que centraliza la información y gestiones con la DGT en un solo lugar.

Los documentos fundamentales que deben estar presentes en todo momento en el vehículo son tres, y la carencia de alguno de ellos puede resultar en una multa administrativa de 10 euros por cada documento que no se tenga.

Permiso de conducir, circulación e ITV

Estos son el permiso de conducir del conductor, el permiso de circulación del vehículo y la tarjeta de inspección técnica del vehículo, comúnmente conocida como tarjeta ITV.

  • El permiso de conducir, generalmente de tipo B para automóviles, triciclos, cuatriciclos y motocicletas de hasta 125 cc, debe estar renovado y con la dirección actualizada. Conducir sin el documento renovado o con una dirección no actualizada conlleva una multa de 80 euros. Presentar un documento no válido resulta en una sanción de 500 euros y la pérdida de cuatro puntos.
  • El documento de circulación del vehículo, un libro verde que detalla datos técnicos del vehículo y su propietario, es entregado con la compra del automóvil. Circular con el documento de circulación sin renovar o con una dirección no actualizada puede derivar en una multa de 80 euros. Conducir sin el documento de circulación en regla puede resultar en una multa de 500 euros.
  • La tarjeta ITV, que certifica que el vehículo está homologado, debe ser acompañada por el último informe de la ITV y la pegatina correspondiente en el parabrisas. Circular sin la tarjeta ITV conlleva una multa leve de 60 euros, mientras que no contar con la ITV actualizada puede resultar en una multa de hasta 500 euros. La falta de la pegatina de la ITV en el parabrisas puede acarrear una sanción de 80 euros.

 

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