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Cinco nuevos puestos de trabajo en Ceuta para licenciados en Psicología

La Ciudad Autónoma, a través de la Consejería de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo, ha presentado la convocatoria de cinco nuevas plazas de licenciado en Psicología en Ceuta, mediante el sistema de concurso - oposición por turno libre, correspondiente a la Oferta de Empleo Público complementaria para el año 2017.

Pruebas selectivas

Las fases de concurso no tendrán carácter elimnatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición y será previa a la misma. En dicha fase se valorarán los méritos alegados que sean justificados documentalmente y debidamente compulsados por los aspirantes en el momento de presentar la solicitud.

Fase de Oposición

Consistirá en la realización de un ejercicio de carácter teórico-práctico a elegir entre 3 ejercicios a proponer por el Tribunal sobre las materias que componen en Anexo I de esta convocatoria y el contenido guardará relación con los procedimientos, tareas y funciones habituales de la plaza objeto de esta convocatoria. La duración del ejercicio será indicada por el Tribunal Calificador, con el límite máximo de una hora y media. El ejercicio lo determinará dicho Tribunal inmediatamente antes de su celebración. Los aspirantes tendran amplia libertad en cuanto a la forma de exposición se refiere.

Condiciones de los aspirantes

Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: A) Tener la nacionalidad española o ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea. B) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. C) Estar en posesión del título de Licenciado en Psicología o equivalente. D) No padecer enfermedad o limitación física o psíquica que impida o menoscabe el desempeño de las correspondientes funciones. E) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.

Solicitudes

La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas que, en todo caso, se ajustará al modelo oficial que figura como Anexo II de esta convocatoria, será facilitada gratuitamente en el Registro General de la Ciudad de Ceuta. Las solicitudes se dirigirán al Presidente de la Ciudad de Ceuta e irán acompañadas de una fotocopia del DNI. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el B.O.E. Los derechos de examen serán de 17,25 euros y se harán efectivos por los medios establecidos en el artículo 16.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debiendo adjuntarse a la solicitud el resguardo acreditativo del pago de los derechos. Podrá ingresarse directamente en la entidad bancaria BBVA (0182- 7290-48-0201561436, con el concepto de derechos de examen pruebas selectivas para acceso a Licenciado en Psicología de la Ciudad de Ceuta), en cualquiera de sus oficinas, o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria a la citada cuenta o a través de banca electrónica. En el caso de que el ingreso se haya realizado en una Oficina del BBVA, deberá figurar en la solicitud el sello de dicha entidad que justifique el referido pago. En ningún caso, el pago por cualquiera de los medios legales utilizados por el aspirante supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud, expresado en las bases anteriores. Estarán exentas del pago de las tasas las personas que figuran como demandante de empleo durante el plazo, al menos, de un mes, anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”. Será requisito para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieren rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional (requisitos que deberán acreditarse debidamente con la presentación de la solicitud).

Admisión de los aspirantes

Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano competente en materia de personal de la Ciudad de Ceuta dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos de conformidad con lo previsto en el artículo 20 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. En dicha resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanación. En las listas deberán constar los apellidos, nombre y número del Documento Nacional de Identidad, así como en su caso las causas de exclusión. Las reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en la resolución que se dicte al aprobar la lista definitiva, que será hecha pública en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta. En la misma resolución el citado órgano determinará el día y lugar de constitución del Tribunal Calificador y su composición. Asimismo se hará constar el lugar donde se publicará la fecha, hora y lugar de la celebración del primer ejercicio. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanarán la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas. Contra la resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos podrán interponerse recurso potestativo de reposición o recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de uno o dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, ante el órgano convocante u órgano competente del orden jurisdiccional contenciosoadministrativo, respectivamente.   Puedes consultar aquí toda la información acerca de las bases de la convocatoria:    

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