Cuatro de los trabajadores de Emvicesa que figuran como investigados en la causa, y que han elegido el mismo abogado para la defensa de sus intereses, han presentado recurso de reforma contra el auto dictado por la magistrada que ha instruido el procedimiento. Piden el sobreseimiento del caso y atacan duramente la forma seguida para que todos ellos hayan terminado vinculados con los delitos continuados de falsedad documental, malversación de caudal público y prevaricación administrativa, además de un presunto tráfico de influencias en el caso concreto de una de las trabajadoras.
En el recurso se reclama la nulidad absoluta del auto por estar pendientes “determinadas solicitudes de sobreseimiento presentadas por varios de los investigados y que no han sido resueltas, siempre alegando la falta de terminación de la investigación o instrucción para denegar tales peticiones”. Se pidió, de hecho, la práctica de diligencias de investigación que ni han sido “atendidas, ni resueltas, ni denegadas”, por lo que se causa “evidente indefensión”. Advierte la Defensa que antes de iniciarse el procedimiento abreviado para el enjuiciamiento del delito se tienen que resolver las peticiones que, por contra, nunca se hizo. “El auto no razona ni expresa la ausencia de resolución de la petición de sobreseimiento de todos los investigados, cuya resolución se ha ido defiriendo hasta que estuviera terminada la instrucción”.
Se pide la nulidad del auto pero también de las actuaciones, ya que los trabajadores de Emvicesa no fueron interrogados en calidad de investigados sobre la comisión de los delitos con los que luego se les relaciona. “Jamás” se hizo así. “Ni cuando se les detuvo, ni en la toma de declaración judicial, ni posteriormente en ningún momento de la dilatada instrucción se les indicó que se dirigía contra ellos” los delitos con los que ahora se les vincula.
Los trabajadores de Emvicesa no fueron interrogados en calidad de investigados sobre la comisión de los delitos con los que luego se les relaciona
“Ni se sabe qué fondos han malversado presuntamente, ni tampoco qué falsedad concreta han cometido también presuntamente, hechos que se debieron poner en conocimiento de los investigados a la hora de declarar, en aras del ejercicio del derecho a su defensa de manera completa”, resalta.
La Defensa expone en su recurso que se han violado los derechos constitucionales de sus patrocinados “al haberse utilizado, para justificar la imputación, las declaraciones testificales realizadas” sin que estuvieran imputados. Aplicando la teoría del árbol envenenado, la nulidad no solo debe alcanzar a las declaraciones testificales sino a las diligencias de investigación obtenidas en base a las mismas.
Llama la atención de los investigados la inclusión de algunas consideraciones en el auto que nunca se produjeron, como el hecho de que “mis mandantes jamás declararon en la Comisión de Investigación de la Ciudad, hecho que consta en el auto y que no sabemos de dónde se extrae”.
La Defensa considera que en ese rosario de acusaciones lo que se hace es una “mera formulación de hipótesis no probadas, en base a lógicas disfunciones razonables habidas en la declaración de cada uno de los testigos, que no conllevan la evidencia de la comisión de ningún delito, en ningún caso, y que lo más que demuestran, quizá, es la existencia de defectos procedimentales en la tramitación de expedientes, por parte de la empresa, nada más”.
¿Qué hay de poso real tras las acusaciones a los trabajadores de Emvicesa? Eso es lo que, a estas alturas del procedimiento, siguen preguntándose los investigados. Hasta el punto de cuestionarse “si es suficiente dos llamadas en 22 meses para empezar a investigar a una persona, sin que consten otras en los demás investigados”. Lo hace porque durante la investigación policial existió no solo seguimiento a la figura de Antonio López, sino intervenciones telefónicas que solo dejaron registradas esas conexiones entre el supuesto número 1 de la trama y los trabajadores de la sociedad municipal de la vivienda.
La Defensa mantiene que en todo el caso no hay ni una persona que "incrimine" directamente a los trabajadores
La Defensa pone de manifiesto que en todo el ‘Caso Emvicesa’ no hay ni una sola persona que “incrimine” directamente a estos trabajadores, ni tampoco se obtuvo prueba de intervención telefónica que sustentara actuación ilícita alguna, ni otra evidencia que pudiera justificar el cambio de la condición de testigos a investigados, “salvo como decimos, la mera hipótesis o sospecha no fundada de la Policía que manifiesta que mis mandantes hubieron de ser cooperadores de López”.
“No hay llamadas, ni correos, ni SMS... salvo la creencia fundada y no probada de que se ayudó al gerente” Antonio López “en su presunto quehacer delictivo, solo por la ejecución de los trabajos administrativos que tenían encomendados y que realizaron del mismo modo que en otras adjudicaciones con otros gerentes o consejeros”.
Otra de las claves de la Defensa se ciñe al delito de prevaricación, sosteniendo que se trata de algo imposible de vincular a sus patrocinados porque no son funcionarios sino personal laboral con una labor administrativa, pero sin poder de decisión sobre la adjudicación de bien público. Nunca pudieron dictar resoluciones ni nunca se ha probado que llevaran a cabo una actuación irregular recibiendo “réditos” a cambio, por lo que tampoco cabe hablar de malversación.
En el recurso se hace mención específica a la figura de uno de los trabajadores investigados que estaba de baja durante la tramitación del procedimiento de adjudicación de viviendas “por lo que extrañamente pudo cometer un delito”, además de a la única mujer investigada, vinculada con un tráfico de influencias, aludiendo a que nunca se le ha preguntada nada sobre este asunto.
Las claves
Ni rastro delictivo
“Ni de los correos analizados se ha obtenido nada, ni ningún investigado por cohecho ha manifestado que haya pagado cantidad alguna a mis mandantes. Ni existen conversaciones telefónicas que demuestren participación. Transcurrida la investigación se están tambaleando los indicios”. Por no haber ni figuran clientes que les hayan mentado.
El trabajo, ¿es delito?
Se les acusa de haber hecho un trabajo no conforme a las reglas administrativas de aplicación o de obediencia debida a su superior, “cuando ello no justifica una imputación penal” o una colaboración activa con el que fuera gerente.
Los demás empleados
Se les acusa de no saber cuál es el proceso de selección o quién lo hace... resultando a ojos de la Defensa cuanto menos curioso “que ese deber de vigilancia y de pulcritud administrativa que se exige a mis mandantes no se haya exigido a otros empleados de Emvicesa que participaron en los procedimientos administrativos sin que tales personas se hallen imputadas”, expone en su recurso.
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