Segunda condena en apenas una semana para T.H.CH. Y es que, después de ser condenado por un delito de injurias graves con publicidad por la campaña de insultos y descalificaciones difundida en redes sociales contra Juan Gutiérrez, este vecino de Ceuta ha vuelto a recibir una nueva condena judicial.
En esta ocasión, el Juzgado de Instrucción lo considera autor de un delito leve de amenazas por los hechos ocurridos en una cafetería de la ciudad, en donde llegó a decir a Gutiérrez: “Te tengo que matar”, mientras realizaba el gesto de pasarse uno de los dedos por el cuello.
La nueva sentencia le impone una multa de 600 euros, además de la prohibición de aproximarse a menos de 100 metros de Juan Gutiérrez, de su domicilio y de su lugar de trabajo durante seis meses, así como la prohibición de comunicarse con él por cualquier medio. La resolución no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial.
Los hechos se remontan al 16 de febrero de este mismo año, cuando, según considera probado el magistrado, T.H.CH. se dirigió a la cafetería Sheriff, en la avenida de la Marina Española, donde se encontraba Juan Gutiérrez acompañado por otras personas.
Tras aproximarse a su mesa, se inició una discusión durante la cual el ahora condenado pronunció expresiones como: “Esto no se queda aquí”, “mafiosos” y “te tengo que matar”, acompañándolas con el gesto de pasarse uno de los dedos por el cuello, con la finalidad de causarle temor, intranquilidad y desasosiego.
El juez basa la condena en la declaración de Juan Gutiérrez, que considera coherente, persistente y libre de contradicciones, así como en las declaraciones de los testigos y en las imágenes captadas por las cámaras de seguridad del establecimiento.
Especial relevancia otorga la sentencia al testimonio del propietario de la cafetería, quien confirmó haber escuchado parte de las amenazas y haber visto el gesto realizado por el acusado.
Además, las grabaciones contradicen la versión ofrecida por T.H.CH., ya que, frente a su afirmación de que fue el denunciante quien se acercó a él, las imágenes muestran, según el magistrado, que fue el condenado quien inició el acercamiento.
Para el juzgado, toda la prueba practicada acredita que las expresiones empleadas tenían entidad suficiente para infundir miedo, hasta el punto de que la propia sentencia recoge expresamente que Juan Gutiérrez “tiene miedo”.
Además de la multa, la resolución acuerda imponer a T.H.CH. una orden de alejamiento de 100 metros y la prohibición de comunicación con Juan Gutiérrez durante seis meses. El magistrado justifica esta medida al apreciar un riesgo objetivo de reiteración, dada la persistencia del comportamiento del condenado hacia el denunciante.
Por el contrario, el juez rechaza fijar una indemnización por daños morales al entender que durante el procedimiento no se aportó prueba suficiente que acreditara ese perjuicio.
Esta es la segunda resolución condenatoria que recibe T.H.CH. en pocos días. La primera fue dictada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta tras reconocer el acusado una campaña continuada de publicaciones injuriosas contra Juan Gutiérrez en redes sociales, procedimiento que terminó con una condena por injurias graves con publicidad, una multa, una indemnización, la retirada de los mensajes y una orden de alejamiento.
En dichas publicaciones, el ahora condenado empleó de manera reiterada expresiones como: “corrupto”, “mafioso”, “ladrón”, “traficante”, “maltratador” o “farlopero”.
Ahora, un segundo órgano judicial vuelve a condenarlo, esta vez por las amenazas que, según considera acreditadas la sentencia, profirió contra Juan Gutiérrez durante el encuentro mantenido en la cafetería Sheriff.
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