La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta condenó a S.M.P. por un delito contra la seguridad vial tras ir bajo los efectos del alcohol.
La acusada reconoció los hechos y aceptó la pena de 4 meses de multa a razón de 10 euros, así como al pago de 1.192 euros a la Ciudad Autónoma como responsabilidad civil. Además se le retira el carné de conducir durante un periodo de 8 meses y 2 días.
Los hechos a los que se hizo referencia en este juicio ocurrieron el 15 de junio del año pasado. Sobre las 23:00 horas, la acusada conducía por la avenida España bajo la influencia de bebidas alcohólicas que mermaban sus facultades para la conducción del vehículo.
Debido al consumo de tales sustancias, la acusada colisionó contra la una barandilla que se encontraba en una rotonda de la citada vía causando unos daños que fueron tasados pericialmente en 1.192,26 euros.
Agentes de la Guardia Civil acudieron al lugar de los hechos y apreciaron en la acusada claros signos de haber consumido bebidas alcohólicas tales como rostro sudoroso, olor a alcohol, ojos brillantes, habla pastosa y titubeante, fuerte halitosis, incoherencias al hablar, comportamiento agresivo y eufórico, así como llevaba a cabo oscilaciones en la verticalidad al desplazarse en las pruebas pertinentes realizadas.
Adicionalmente le requirieron para someterse a las pruebas de alcoholemia, a lo que la acusada prestó su consentimiento, siéndole practicada con etilómetro marca Alcotest 6810 marca Draguer que se encontraba periódicamente verificado y que arrojó un resultado positivo, en una primera prueba de 0.99 miligramos de alcohol por cada litro de aire espirado y posteriormente fue traslada al hospital y se le practicó el análisis para comprobar el nivel de alcohol en sangre y dio un resultado positivo de 2,65 g/l de alcohol en sangre.
Me gustaría saber si hicieran controles de alcohol y drogas mas a menudo cuantos se libraban ….🤣🤣🤣🤣🤣país de pandereta!!!