La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha notificado este miércoles por escrito su sentencia por conformidad sobre los nueve subsaharianos condenados a un año y medio de cárcel como autores criminalmente responsables de sendos delitos de desórdenes públicos y daños tras entrar por la valla de Ceuta el 26 de julio de 2018, fecha en la que accedieron hasta 602 inmigrantes.
Aunque la Sala decidió en la vista oral, celebrada el pasado 15 de octubre, denegar la suspensión condicional de la pena a pesar a ser inferior a dos años de prisión, contra este pronunciamiento cabe recurso de apelación durante 10 días ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJA, por lo que los condenados no serán encarcelados hasta que este Tribunal se pronuncie.
Es decir, quien diga que los inmigrantes entran en la cárcel ya es falso. Siguen en el CETI y habrá que esperar que se resuelva ese recurso que se puede presentar a partir de la fecha, porque es ahora cuando se ha notificado el fallo. También es falso que los subsaharianos hayan sido condenados por liderar el salto de la valla, existiendo una amplia cadena de mentiras informativas en torno a este hecho.
La Sección VI de la Audiencia se ha negado a aceptar que la condena quedase en suspenso atendiendo a la “organización y planificación” del salto y a los “elementos peligrosos” utilizados contra los guardias civiles y las instalaciones de protección del territorio español. También ha valorado su “falta de arraigo” y su “ausencia de esfuerzo para reparar el daño causado”.
Según el relato de hechos probados, “sobre las 6.30 horas” y en el marco de “una actuación previamente planeada, con preparación anticipada de objetos e instrumentos peligrosos como hierros, cizallas, lanzallamas en spray, piedras y botes con cal viva y heces” se consumó la “entrada masiva” de “al menos 602 inmigrantes indocumentados procedentes de territorio marroquí” .
“Organizaron a las personas a las que dirigían a fin de que violentaran” con los instrumentos de que disponían, “como cizallas y radiales eléctricas portátiles, facilitados por la organización”, el vallado español.
Una vez en Ceuta y “con ánimo de atentar contra el principio de autoridad y de alterar el orden y la paz social para facilitar la entrada del resto de personas que componían los subgrupos”, los condenados “dieron las directrices de utilizar la violencia contra los agentes de la Guardia Civil utilizando de nuevo armas e instrumentos de carácter peligroso como lanzallamas caseros, palos, piedras, heces y productos abrasivos”.
Al margen de la pena de prisión, los condenados tendrán que hacer frente al pago de un mes de multa con cuota de tres euros diarios por 18 delitos leves de lesiones a otros tantos agentes y de un año a tres euros diarios por el delito de daños. En concepto de responsabilidad civil deberán abonar “conjunta y solidariamente” casi 11.500 euros a los guardias heridos de diversa consideración, 10.511 euros al Estado por los destrozos causados en el vallado fronterizo, cerca de 500 euros a la Comandancia local de la Benemérita por un terminal estropeado y 3.700 más a la Dirección General del Instituto Armado por la reparación de un vehículo y la ropa y protecciones afectadas.
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