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Reanudado el plazo de solicitudes para las ayudas a estudios en centros de adultos

La Consejería de Educación y Cultura ha informado este lunes de la reanudación del plazo de solicitud de ayudas para estudios de formación en centros de adultos, en régimen de concurrencia competitiva. Dicho periodo finalizará el próximo 12 de junio.

En el Boletín Oficial de la Ciudad (BOCCE) del pasado 20 de marzo se publicó el extracto del decreto del consejero de Educación y Cultura por el que se aprobaba esta convocatoria de ayudas, concediéndose un plazo de diez días a los interesados para presentar solicitudes y que quedó interrumpido a consecuencia del estado de alarma que estableció la suspensión de plazos administrativos en todo el sector público.

Estas ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, están dirigidas al alumnado que abandonó en su día el sistema educativo sin obtener las titulaciones de Educación Secundaria Obligatoria, Bachiller o Formación Profesional así como aquél que en su edad adulta desea acceder a la Universidad, se encuentra en situación de desempleo y se matricula por primera vez en algunas de las enseñanzas que se imparten en los Centros de Educación para Adultos de Ceuta o se encuentre matriculado en el curso de acceso a la Universidad para adultos impartido en el Centro Universitario UNED de Ceuta, que cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

Reanudándose el cómputo de los plazos que quedaron interrumpidos, las solicitudes para esta convocatoria podrán presentarse a través de la Sede Electrónica de la Ciudad en el siguiente enlace: https://sede.ceuta.es/controlador/controlador?cmd=tramite&modulo=tramites&tramite=SAEEC

Entre la documentación obligatoria a presentar se encuentra la acreditación de la identidad (DNI, NIE, CIF o Pasaporte), la solicitud de ayuda en estudios en centros de Educación de Adultos, el certificado de matrícula de estudios, el certificado de no haber estado matriculado anteriormente en los dos cursos anteriores, el libro de familia, el certificado de cuenta corriente (IBAN) y el informe del SEPE sobre el periodo de situación de desempleo.

Asimismo, también será posible la presentación en las formas a las que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para realizar la presentación de solicitudes en las oficinas del Registro de la Ciudad será necesario obtener cita previa a través de la siguiente página web: http://citas.ceuta.es/

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