El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta condenó al llamado M.M.M por simulación de delito. El acusado reconoció los hechos y aceptó la pena de multa de 6 meses a razón de 6 euros diarios. Asimismo deberá abonar las costas procesales. El acuerdo entre las partes sirvió para evitar la celebración de la vista oral que estaba fijada para este martes. El acusado deberá pagar la multa económica, de no hacerlo incurriría en un delito y podría entrar en prisión.
Los hechos a los que se hizo referencia en esta conformidad ocurrieron en septiembre de 2018. El 25 de septiembre de ese año, sobre las 22:47 horas, el acusado con conocimiento de que era incierto presentó una denuncia ante el Juzgado de Guardia por la sustracción de un vehículo Range Rover Sport, que había arrendado con anterioridad a la empresa de alquiler de vehículos de alta gama ‘Súper Garaje’ en la localidad de Marbella el 21 de septiembre de ese año. Tras las investigaciones de los agentes de Policía Nacional pudieron comprobar cómo la denuncia era falsa, sin poder concretar el objetivo que buscaba el acusado presentando dicha denuncia falsa ante el Juzgado de Guardia de nuestra ciudad.
Como consecuencia de esos hechos se incoaron las diligencias previas seguidas ante el Juzgado de Instrucción número 1 de Ceuta.
Por otra parte, el titular del Juzgado de lo Penal número 2 condenó al llamado A.M.A. por un delito de malos tratos en el ámbito familiar. El acusado reconoció los hechos y aceptó la pena de 6 meses de prisión. La Fiscalía incluyó en el escrito inicial que quedó constatado, con el documento que presentó la Defensa, que el acusado en el momento de los hechos se encontraba bajo los efectos graves de la droga. Por ello se le impuso un atenuante por adicción a sustancias tóxicas, y por lo tanto una reducción de la pena.
Los hechos a los que se hizo referencia en esta conformidad ocurrieron el el 17 de julio de este mismo año. Sobre las 10:00 horas, el acusado se personó en el domicilio familiar en el que convive con su madre y tras mantener una discusión por motivos de convivencia, le empujó menoscabando la paz y convivencia familiar, sin que llegase a causarle lesiones.
Al acusado se le suspende la pena y no entrará en prisión en el periodo de 2 años por no tener antecedentes, pero no podrá volver a delinquir en ese tiempo. Además durante ese periodo tendrá que cumplir una orden de alejamiento sobre su madre y no podrá portar arma.
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