La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha dictado sentencia condenatoria contra Pablo M.G.P., el sargento de la Legión que, en marzo de 2014, disparó a otro joven en el Polígono Virgen de África causándole graves lesiones.
El máximo órgano judicial le condena a 7 años y medio de cárcel por homicidio incompleto, entendiendo la existencia de un agravante de superioridad y uso de arma. Contempla además un atenuante de arrepentimiento. La Audiencia dictamina que deberá abonar una indemnización a la víctima y cumplir con una orden de alejamiento.
Los hechos a los que hace referencia la sentencia, adelantada por EL FARO, se remontan a la noche del 4 de marzo, cuando el condenado disparó en varias ocasiones contra otro joven, David R.G. cuando estaba en compañía de su expareja. Al poco de cometerse los hechos, el militar se entregó en la Comandancia de la Guardia Civil haciendo entrega del arma empleada.
Durante la celebración del juicio oral, el pasado abril, se contó con una exposición de una especialista forense psiquiatra cuyo testimonio fue rebatido por el de dos médicos forenses del juzgado. La clave diferencial entre uno y otro radicaba en si la actuación del acusado había sido llevada con voluntad o si, por contra, su acción fue motivada por un estado emocional tan intenso que terminó ofuscando la razón.
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