“Si cobro tarde, ¿quién paga mis recargos?”

Empleados que reciben tarde sus salarios lamentan que tienen que pagar demoras  de la hipoteca o por los recibos devueltos “Si cobro tarde, ¿quién paga mis recargos?” Es una de las preguntas que se hacen muchos de los trabajadores que están recibiendo sus salarios tarde, en ocasiones en la segunda semana del mes.
Al recibir  tarde sus salarios, estas personas no pueden hacer frente a pagos de facturas y de hipotecas a primeros de mes, por lo que generan unos recargos que tienen que asumir.
Este es el caso, por ejemplo de los empleados del servicio de ambulancias. Tal y como publicó este medio, la plantilla ha recibido de nuevo su salario el día 10, por lo que ha presentado una denuncia ante la Inspección de Trabajo. La denuncia recoge que la empresa “hace el abono en los días 10 de cada mes, lo que genera problemas con los trabajadores y las entidades bancarias como en el caso de hipotecas o préstamos, con lo que hay recargos que el trabajador debe asumir y es una pérdida económica que la empresa no asume”.
Los trabajadores se reunirán el próximo miércoles a las 19:00 horas en el salón de actos del edificio sindical para decidir si toman alguna medida de presión para cobrar a primeros de mes.
En una situación parecida están las trabajadoras de limpieza de los colegios, que este mes también cobraron el día 10. En este caso fue debido a la falta de un trámite, concretamente la firma de un colegio que decía que no se habían llevado a cabo las labores de limpieza durante el periodo no lectivo de septiembre. CCOO se reunirá con las trabajadoras para decidir si piden a la empresa que se haga cargo de los recargos que se han generado por cobrar tarde sus salarios.
El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 29 punto 3 indica que “el interés por mora en el pago del salario será el 10 por 100 de lo adecuado”. Este interés es anual, por lo que habría que dividirlo por 12. Así, hay muchas organizaciones que consideran que este interés anual es “irrisorio” comparado con los intereses a los que tienen que hacer frente los trabajadores que no han recibido su salario en concepto de demora de la hipoteca o créditos que tenga –entre el 15 y el 20 por ciento mensual–, los descubiertos en sus cuentas o los recargos de los recibos devueltos, tal y como informa la organización ‘Quierocobrar.org’. De esta manera, a un trabajador con una nómina de 1.000 euros le supondría cada mes unos gastos mínimos de 200 euros. En este sentido, la organización entiende que existe un “vacío legal” en cuanto a este asunto.
Dicha organización dice que mientras un trabajador afectado espera primero la celebración del juicio y después la sentencia –unos 15 meses– cuando recibiera su salario adecuado “habría pagado 3.000 euros en intereses y recargos”.
Son varios los conflictos colectivos interpuestos en la ciudad autónoma sobre los perjuicios que ocasionan a los trabajadores recibir tarde sus salarios y cada vez son más los casos.

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