Frontera e Inmigración

La sentencia de las devoluciones en caliente crea la primera brecha en el Gobierno

Fuentes de Podemos han expresado que Marlaska avala algo que “es contrario a lo que figura en el acuerdo” de coalición

La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sobre las devoluciones en caliente en Ceuta y Melilla ha provocado, de manera indirecta, la primera brecha en el Gobierno de la Nación. Fuentes de Unidas Podemos han expresado que avalar lo dictado en esta sentencia, gesto que tuvo el ministro de Interior, Fernando Grande-Marlaska, “es contrario a lo que figura en el acuerdo” de coalición, según ha informado el diario El País.

Tras el fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el Gobierno de España expresó que “respeta y acata”, como hace con todas las resoluciones judiciales, la decisión. De hecho, según El País, este mismo lunes Marlaska opinó sobre la sentencia, de la que valoró que “la violencia es un límite al ejercicio de los derechos fundamentales”.

No obstante, el portavoz de Unidas Podemos en el Congreso, Pablo Echenique, ha declarado este mismo miércoles durante la sesión de control al Gobierno que “acatar la sentencia es una obligación”, si bien “es legítimo en democracia que a una persona que defienda los derechos humanos como yo mismo no puede parecer bien la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos”.

"Endurecer la ley contra las personas que vienen a trabajar a nuestro país huyendo del hambre o de la guerra o elogiar sentencias que avalan la violación de sus derechos humanos no solo es lo contrario que figura en el acuerdo de coalición, es además lo contrario de lo que desean la inmensa mayoría de los votantes del PSOE y de Unidas Podemos", han asegurado a El País fuentes de Unidas Podemos, que según lo publicado, ha pedido explicaciones a Interior sobre esta postura.

La decisión de los 17 magistrados que conforman esta sala, que se conoció el pasado 13 de febrero, hacía referencia a las expulsiones de dos inmigrantes subsaharianos tras saltar la valla de Melilla en 2014, con el razonamiento de que “se pusieron ellos mismos en una situación de ilegalidad”, al acceder “a lugares no autorizados” y “recurriendo a la fuerza”.

El fallo a favor de España añade que los inmigrantes “decidieron no utilizar las entradas legales existentes que les permitieran acceder de modo regular al territorio español” y revoca de esta forma la sentencia condenatoria de la Sala de 2017 por “expulsión colectiva sin medida judicial previa”.

El fallo, contra el que no cabe recurso y que esperaban con atención los gobiernos europeos, dice que Estrasburgo “no puede hacer responsable al Estado de la ausencia en Melilla de una vía de recurso legal que les hubiera permitido recurrir la expulsión”. La ausencia de esa vía legal, añade, “no constituye por si misma una violación del artículo 13 del Convenio”.

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