Un hombre que acudió hasta las dependencias judiciales acusado de cometer un delito de maltrato simple en ámbito familiar, fue absuelto después de que la magistrada del Juzgado de lo Penal números Uno hiciera prevalecer el principio ‘in dubio pro reo’, a tenor de que el acusado y la testigo, su ex mujer, decidieran no declarar durante la vista oral. Por tanto no quedó acreditado ni corroborado que el acusado agrediera a la mujer el 26 de enero pasado ni que él fuera el causante de las contusiones que ella presentó en el pabellón auditivo y en el cuello. La sentencia absolutoria conllevó asimismo que se levantara una orden de alejamiento de él sobre ella.
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