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Estos son los seleccionados definitivos en el Plan de Empleo de la Ciudad

El Boletín Oficial de la Ciudad (BOCCE) ha publicado hoy lunes, en una edición extraordinaria, el listado definitivo de los seleccionados del Plan de Empleo de la Corporación Local (Ciudad Autónoma de Ceuta) correspondiente al ejercicio 2021/22.

Puede consultar el listado definitivo completo aquí.

De conformidad con lo dispuesto en el procedimiento de gestión de las ofertas, se procede a la publicación del listado de seleccionados, listado de trabajadores excluidos y listado de alegaciones para el Plan de Empleo de Corporaciones Locales convocatoria publicada en BOCCE de 18 de junio de 2021.

Presentación de la documentación

Los seleccionados tendrán tres días naturales a partir del día siguiente a la publicación en el BOCCE (hasta las 24:00 horas del 9 de septiembre) para presentar la documentación.

Una vez hecho público este listado, los seleccionados deberán ahora enviar un correo electrónico a la dirección planempleo@ceuta.es especificando en el asunto su número de DNI o NIE junto con la documentación que se puede consultar en el archivo que se adjunta aquí.

Para todas las ocupaciones será preciso presentar una copia del DNI /NIE (en vigor) por ambas caras, de la tarjeta de la Seguridad Social y el documento bancario con el número de cuenta o libreta. Además, será preciso presentar acreditación específica para cada una de las categorías profesionales que integran este Plan de Empleo, que contempla un presupuesto de 4.865.702 euros y que prevé sacar del desempleo a 196 personas que desempeñarán sus funciones a jornada completa.

El lugar de presentación es el Negociado de Empleo de la Ciudad Autónoma (Plaza Rafael Gilbert nº 1 antigua Residencia de la juventud, planta 1º).

Infracciones por la no presentación

La no presentación en el lugar y fecha indicados podrá constituir una infracción tipificada en el art. 17 y 24 del Real Decreto Legislativo 5/2000 de 4 de agosto por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que podrá conllevar la imposición de las sanciones recogidas en el art. 47 del mismo texto legal, previa incoación del procedimiento sancionador que corresponda.

Un mes para interponer recurso de alzada

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Director Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la publicación del presente acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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