El acusado por daños materiales causados a propósito de un incendio sucedido en el año 2003, que responde a las iniciales M.L., fue condenado ayer a 6 meses de prisión .
El Ministerio Fiscal pedía, en un principio, una pena que ascendía a los 2 años y seis meses de cárcel. Sin embargo, al aceptar el acusado la conformidad, la pena se rebajó hasta los seis meses, viéndose sensiblemente reducida.
Ahora queda saber si el acusado evitará la prisión, puesto que durante la celebración del juicio no pudo llegarse a un acuerdo sobre este aspecto, por lo que habrá que esperar.
Es de esperar que así sea y M.L., el acusado, pueda beneficiarse de no cumplir condena siempre que en este tiempo no cometa ningún delito, pero será necesario esperar a la conclusión definitiva del proceso de ejecución de la sentencia por parte del juez.
El hecho por el que ayer se celebró este delito sucedió en 2003, por lo que se aplica la legislación vigente en ese año, diferente a la actual. Por ello, hay que comprobar, en primer lugar, si es posible aplicar este beneficio.
El acusado, al llegar ala conformidad, reconoció haber causado una cantidad de daños materiales por culpa de provocar un incendio, cuyas llamas devoraron propiedades de otras personas.
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