El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta condenó a M.P.L. por un delito de falsedad en documento privado.
La acusada reconoció los hechos y aceptó la pena de 6 meses de prisión, sanción que quedará suspendida por un periodo de 3 años. Durante ese tiempo la acusada no podrá volver a delinquir ya que de hacerlo cumplirá prisión.
La acusada estuvo trabajando como empleada del hogar para la denunciante entre las fechas 21 y 24 de septiembre de 2021 en un domicilio ubicado en la Avenida de África.
Durante su periodo de empleo, la acusada, con pleno conocimiento y sin consentimiento de su empleadora, se apropió de los datos personales, documento nacional de identidad, número de teléfono y correo electrónico de la denunciante.
Utilizando estos datos, y guiada por el ánimo de procurarse un beneficio patrimonial ilícito, la acusada se hizo pasar por la víctima y procedió a suscribir de forma fraudulenta sendos contratos con la compañía telefónica MásMóvil.
Además, la acusada incluso llegó a firmar los contratos a nombre de su empleadora, de manera que los equipos contratados fueron enviados a la Calle Doctora Soraya, domicilio de la acusada.
Como resultado de estos actos, la víctima recibió reclamaciones de varias compañías de morosos y reclamaciones de facturas de la mencionada compañía telefónica, ocasionando que fuera incluida en el registro de morosos.
El acuerdo previo entre la Defensa y el Ministerio Fiscal evitó la celebración de la vista oral que estaba fijada para este miércoles en la sala de lo Penal número 2 de nuestra ciudad.
Además ese acuerdo le sirvió a la acusada para una importante reducción de la pena, ya que en un principio el Ministerio Fiscal le solicitaba 2 años de prisión, así como el pago de una multa de 12 meses con una cuota diaria de 12 euros.
La ahora condenada no podrá volver delinquir por un periodo de 2 años, tiempo impuesto por el Ministerio Fiscal como condición para suspenderle los 6 meses de prisión.
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