La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta dejó visto para sentencia un juicio en el que se acusa a la llamada S.A.A. de un delito de uso de documento oficial. La acusada no compareció a la vista, pero el Ministerio Fiscal pidió que se celebrara en su ausencia ya que estaba correctamente citada y la pena no superaba los 2 años de prisión. La Fiscalía tras escuchar la versión de la propia acusada en Instrucción y del agente de Policía Nacional siguió con su escrito de acusación en el que solicita la pena de 2 años de cárcel, así como una multa de 2 años con una cuota diría de 20 euros.
Los hechos a los que se hizo referencia en este juicio ocurrieron el 17 de julio de este mismo año. La acusada se dispuso a embarcar rumbo a la Península en el primer barco, a las 06:30 horas. Entregó un DNI a los agentes de la Policía Nacional que se encuentran controlando el flujo de personas antes de pasar el embarque, cuando los agentes comprobaron que no se trataba de la misma mujer que figuraba en la fotografía. Los agentes explicaron que intentó aprovecharse del flujo de personas, “colándose entre otros pasajeros”, pero tras hacer las verificaciones oportunas comprobaron que sus sospechas eran ciertas y la detuvieron.
La acusada no compareció a la vista de este jueves, pero explicó en fase de Instrucción que el DNI con el que intentó cruzar a la Península se lo había encontrado “tirado en el suelo”, y era conocedora de que estaba cometiendo un delito. Su único propósito era “cruzar a la Península” y por eso arriesgó a sabiendas que podía ser detenida por los agentes de la Policía Nacional.
La no comparecencia de la acusada puede provocarle un mayor perjuicio en lo que se refiere a la condena, ya que no pudo reconocer los hechos -como hizo en Instrucción- lo que le hubiera servido para una reducción de la pena.
Condenada por agredir a dos vecinos
Por otra parte, la titular del Juzgado de lo Penal número 1 condenó a la llamada M.J.C.A. por un delito de lesiones y otro leve de lesiones. La acusada reconoció los hechos y aceptó la pena de 6 meses de multa a razón de 2 euros diarios por el primer delito y la multa de 30 días por la misma cuota en el segundo. Asimismo tendrá que abonar la cantidad de 315 euros a una de las denunciantes, mientras que el otro renunció a ella. El Ministerio fiscal retiró del escrito de acusación la utilización del cuchillo en la agresión, ya que no consta en ningún informe que lo utilizara par agredir a las víctimas.
Los hechos a los que se hizo referencia en esta conformidad ocurrieron el 28 de julio de este mismo año. En el transcurso de una discusión, la acusada golpeó y arañó a las víctimas en varias ocasiones causándoles distintas lesiones.