Sanidad informa de la existencia de ganado caprino sin control

 

La Ciudad comunicó la ilegalidad del pastoreo de este género de animales, que han sido vistos en Juan Carlos I, Los Rosales, Barrio de Sanidad, Varela y Regulares

 

En Ceuta no está permitido el pastoreo. Y con pastoreo se entiende la tenencia de ganado errante en el término municipal. De ahí que la Consejería de Sanidad y Consumo de la Ciudad diera información de “la presencia de ganado de producción –ovejas, cabras o aves de corral– en las zonas de Juan Carlos I, Los Rosales, Barrio de Sanidad, Varela y regulares”. Publicada el pasado viernes en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE), la nota hizo saber que los animales citados carecen de control higiénico-sanitario, planes de control, vigilancia y erradicación de enfermedades, así como de un lugar de alojamiento o alimentación conocidos.

Fuentes de Sanidad Animal explicaron que sí es posible la existencia el tipo de ganado de producción mencionado, siempre y cuando estos formen parte de alguna de las explotaciones intensivas existentes. En estos espacios los animales están sometidos a un control veterinario exhaustivo en aras de controlar la transmisión de enfermedades como la brucelosis o la tuberculosis. Asimismo, el ganado controlado, y por lo tanto legal, portan una especie de zarcillo –denominado crotal– que es de naturaleza individual y que registra los datos identificativos del ganado.

De este modo, mediante la comunicación publicada en el BOCCE, la Consejería de Sanidad Animal  ha procedido a la apertura de un periodo de información previa a los propietarios de los animales sueltos que durará 20 días hábiles a partir del pasado viernes, 7 de octubre. En la parte dispositiva del a nota se añadió igualmente el requerimiento a los dueños de cualquier documentación sanitaria que acredite el estado de a los animales, como pueden ser la guía de origen y sanidad pecuaria, el contrato del veterinario privado para su informe sanitario, la licencia de apertura de explotación ganadera o la autorización o informe correspondiente de  Sanidad Animal. Pasado ese periodo de tiempo, la Consejería tiene la potestad legal de incautarse de los animales que sean sospechosos de incumplir la normativa para su posterior sacrificio.

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