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Quiso robar un fardo de hachís y ahora le condenan a 3 años y medio de cárcel

Dijo que no sabía que el fardo contenía hachís, que pensaba que dentro había ropa. Pero la magistrada titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta no se ha creído la coartada y ha condenado a I.Ch. a una pena de 3 años y 6 meses de cárcel que, además, deberá cumplir.

Le da un plazo de 5 días una vez que la sentencia sea firme para que entre en prisión, aplicando en la condena la agravante de reincidencia, tal y como se recoge en la sentencia a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro de Ceuta.

La pena es por un delito en grado de tentativa ya que el acusado no formaba parte de ningún plan en lo referente al transporte de la droga y fue sorprendido in fraganti.

Esta es la resolución judicial a un suceso que terminó teniendo una gran trascendencia mediática, debido a que el ahora condenado fue captado con un teléfono móvil mientras intentaba llevarse un fardo con hachís de un coche cuyo conductor, a su vez, había embestido a la Guardia Civil después de robar la droga que el temporal estaba arrastrando a distintas playas de Ceuta.

I.Ch. soltó el bulto con casi 29 kilos de hachís y escapó porque un agente lo sorprendió y amedrentó efectuando un disparo al aire, no pudiendo ejecutar el plan.

Todo esto ocurrió en la tarde del 19 de noviembre de 2021, en las inmediaciones de Loma Colmenar y en sentencia se da como probado que I.Ch. no solo pretendía hacerse con el fardo para destinar a la venta la droga sino que además tiene como antecedente en vigor una condena vinculada al tráfico de drogas, la que le impuso un juzgado de Mérida, no cancelable a la fecha de la comisión del delito.

Tiene otras causas pendientes todavía no juzgadas, como la abierta tras su detención en un operativo de la Policía Nacional por tráfico de inmigrantes, y constan hasta 8 antecedentes en su amplio historial delictivo.

El vídeo grabado al acusado en plena comisión del delito fue determinante, hasta el punto de que a ojos de la magistrada “reviste una importancia fundamental” ya que recoge perfectamente la secuencia de los hechos.

“Se observa a un individuo aproximarse al vehículo interceptado por los agentes de la Guardia Civil y de forma disimulada y agachándose para no ser descubierto coge del interior del vehículo un fardo y sale corriendo unos metros hasta que lo suelta al ser seguido por un agente”, expone su señoría.

El acusado no negó ser la persona que aparecía en el vídeo, fundamentando su defensa en el elemento doloso del delito, al recalcar que “no sabía que el fardo contenía droga” ya que pensó que era “ropa” y que le habían ofrecido 200 euros por cogerla. “Son meras alegaciones exculpatorias”, reseña, “pero inaceptables desde la lógica, el sentido común o las reglas de la experiencia”.

Apunta en sentencia que el acusado tiene antecedentes penales por tráfico de drogas, habiendo admitido en el juicio que sabe perfectamente que el hachís viene en fardos.

El guardia civil que intervino declaró que había visto al ahora condenado coger el hachís y que solo lo soltó al verse acorralado. Su declaración, al igual que la de otro agente, es considerada “creíble” por cuanto “concordantes entre sí y con la prueba videográfica”.

“El comportamiento del acusado en el contexto insólito de fardos de hachís saliendo del mar, unido a la falta de una explicación mínimamente creíble y corroborada por datos objetivos conduce a tener por probada la pretensión acusatoria”, considera la magistrada.

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