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El PP y Vox acuerdan mantener el régimen y reparto de competencias entre el Pleno y el Gobierno

El PP y Vox han sumado este miércoles sus votos en el Pleno para dejar sin efecto el Acuerdo Plenario adoptado en agosto para actualizar y reasignar algunas de las competencias más importantes de la Administración local entre la Cámara y el Consejo de Gobierno. Ambos grupos han hecho prosperar una propuesta para "mantener la redacción del artículo 38 del Reglamento de la Asamblea” y “reafirmar que la remisión contenida en el artículo 12.2 del Estatuto de Autonomía debe referirse al régimen de competencias que la Ley de Bases de Régimen Local asigna a los Municipios de Gran Población”.

La votación ha cumplido, por tanto, con lo previsto, con los votos en contra de PSOE, MDyC y Caballas y las dos abstenciones de los diputados no adscritos.

No cabe “ni revocación de pretéritas delegaciones, mucho menos la avocación de competencias delegadas que hoy corresponderían a otros órganos, pueden suponer alteración del régimen legal aplicable al día de la fecha”. El Pleno seguirá destinado, sobre todo, para “el debate de grandes asuntos de “política local” y de “decisiones estratégicas” y los “asuntos de naturaleza administrativa o ejecutiva” continuarán siendo tratados “por otros órganos” para “mayor agilidad”, recoge la propuesta presentada al Pleno.

Según ha expuesto el consejero de Hacienda, Alberto Gaitán, en base al informe jurídico elaborado por un letrado de la Ciudad, se descarta “modificar ningún texto reglamentario o estatutario” porque las competencias que el Pleno de la Asamblea debe ejercer “son las que se prevén en el artículo 12 del Estatuto”, un total de diez como “ejercer la potestad normativa” y “la iniciativa legislativa”, elegir de entre sus miembros al presidente de la Ciudad o “impulsar y controlar la acción del Consejo de Gobierno”.

Además, la Corporación ha reafirmado que “la remisión contenida en el apartado 2 del citado artículo, por razones de oportunidad, debe mantenerse en los términos que se disponen en el actual artículo 38 del Reglamento de la Asamblea”, que apunta al de los “municipios de gran población” y no a la otra opción posible (la de los Ayuntamientos de “régimen común”) aunque sea “solo y exclusivamente por la necesidad de aclarar el contenido de la remisión normativa recogida en el Estatuto, no porque se considere que el régimen organizativo sea ni remotamente aplicable a la Ciudad”.

El acuerdo de este miércoles constata la “innecesariedad de modificar ningún texto reglamentario para este fin, mucho menos el Estatuto de Autonomía”, aunque “sin perjuicio de las decisiones que el propio Pleno pueda adoptar sobre las delegaciones efectuadas en el pasado sobre competencias que en la actualidad pudieran corresponderle de acuerdo con la normativa vigente al día de la fecha”.

La Asamblea había aprobado en agosto una propuesta del MDyC enmendada por el PP y el PSOE, que todavía sostenían para actualizar el reparto de competencias entre el Pleno y el Consejo de Gobierno y para dejar en manos “exclusivas” del primero tanto “la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo, la oferta pública de empleo, las bases de selección de personal, el número de contrataciones y retribuciones del personal eventual, y las remuneraciones complementarias de los empleados públicos” como “la contratación de obras y servicios y suministros, las encomiendas de gestión y la enajenación de bienes que supere el 10% de los ingresos del presupuesto consolidado de la Ciudad”.

El informe jurídico solicitado a un letrado de la Administración local advirtió, ha recordado Gaitán, que tras múltiples modificaciones legales aprobadas durante los últimos 25 años, los que han pasado desde la delegación de competencias del Pleno en el Consejo de Gobierno, la Corporación “carece” ahora “de potestad legal alguna para determinar su régimen, que viene fijado íntegramente por el Estatuto y, por remisión estatutaria a la normativa de régimen local, por la Ley de Bases de Régimen Local y los Reglamentos de desarrollo que aprueba la Asamblea”.

Ali, la sentencia del TSJA y la consideración de Ceuta

El portavoz de Caballas, Mohamed Ali, ha enmarcado su intervención en este punto también dentro del debate sobre la sentencia que dictó el TSJA en base a la denuncia presentada por Ciudadanos sobre las indemnizaciones por residencia y, también, antigüedad, que perciben algunos cargos del actual, y anteriores, gobiernos de la Ciudad.

“Esa sentencia ataca frontalmente al supuesto carácter autonómico que podemos tener en esta ciudad”, ha afirmado Ali, quien ha destacado el “desconocimiento” presente por parte de este tribunal sobre la peculiaridad jurídica de Ceuta. “Parece Sevilla que desconoce cómo funciona este municipio”.

Y no dejó pasar la oportunidad para volver a poner sobre la mesa la cuestión de acogerse a la Disposición Transitoria V. “Esa sentencia dice que no somos comunidad autónoma. Lo dice de manera tremenda”.

Además, el portavoz de Caballas ha considerado que, en concreto el presidente de la Ciudad, Juan Vivas, está exento de la responsabilidad que le atribuye la sentencia. “Habla de los funcionarios de la Administración del Estado que hayan venido a Ceuta. Y, hasta donde yo sé, usted no lo es”.

Conato de discusión sobre los diputados no adscritos

Asimismo, durante las intervenciones de este último punto, se ha originado una pequeña discusión entre el diputado de Vox, Carlos Verdejo, y los diputados no adscritos. El miembro de Vox ha dejado caer que la “capacidad política de los tránsfugas debe ser anulada”. Este comentario ha hecho saltar a José María Rodríguez y Carmen Vázquez. Momento en el que Fatima Hamed, del MDyC, tenía su turno de intervención y momento que ha aprovechado para consultar a Vivas sobre su postura acerca de lo dos diputados autonómicos, ex miembros de Vox. “La situación de los dos señores es legal. Políticamente no es aceptable pero sí legal, legítima”, ha respondido Vivas, quien ha añadido que está “en contra” del “transfugismo”.

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