Categorías: Opinión

Regularización de las empleadas de hogar

El día dos de mayo entro tuvo lugar la entrada en vigor de los nuevos contratos a tiempo parcial de empleadas de hogar transfronterizas.  Los contratos deben tener un mínimo de 20 horas semanales y un máximo de 40. Se podrá contratar las trabajadoras transfronterizas aunque haya demandantes de empleo españolas, alegando las condiciones particulares en que se realiza la actividad de del servicio doméstico, por un lado al ámbito donde se presta la actividad, el hogar familiar, que está vinculado a la intimidad personal y familiar y por otro lado el vínculo personal basado en la relación de confianza entre el titular del hogar familiar y los trabajadores del hogar, esto es lo que  justifica la puesta en marcha de esta  tramitación específica y diferenciada que viene a solventar el problema que nos encontrábamos cuando queríamos regularizar la situación de la persona que ya trabaja en casa.
Los contratos nuevos de empleadas de hogar tienen una bonificación del 20% en la cotización a la seguridad social, y del 45% en el caso de familias numerosas. Aquellas personas que sean contratadas a tiempo parcial podrán concertar contratos del mimo tipo con distintos empleadores hasta alcanzar la jornada máxima permitida en la normativa.
Para formalizar estos contratos, se debe solicitar ante la Oficina de Extranjería una autorización de trabajo transfronterizo. Los requisitos establecidos son el  pasaporte en vigor, un certificado de penales, un certificado médico y un documento, expedido por las autoridades marroquíes que acredite la residencia de la trabajadora a contratar en la provincia de Tetuán.  La Tesorería General de la Seguridad Social no tramitará las altas o afiliaciones en el sistema especial del servicio del hogar familiar del régimen general de la Seguridad Social si no va acompañada de la resolución de la Oficina de Extranjería. Una vez solicitada la autorización para los trabajadores transfronterizos en la Oficina de Extranjeros, hay un mes para formalizar la afiliación en el régimen correspondiente al servicio del hogar en la Tesorería General de la Seguridad Social.   La Tesorería General de la Seguridad Social, por medios telemáticos, comunicará las altas que se produzcan a la Oficina de Extranjería.

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