Marruecos

Se reanudan los vuelos desde y hacia Marruecos a partir del martes 15 de junio

El Ministerio de Asuntos Exteriores, Cooperación Africana y Marroquíes Residentes en el Extranjero ha informado este domingo de la reanudación de los vuelos desde y hacia Marruecos, a partir del martes 15 de junio de 2021, esto en el marco de licencias excepcionales, considerando que el espacio aéreo marroquí aún está cerrado. Según informa tanja24.com, de acuerdo con el contenido de la comunicación, estas medidas responden a los indicadores positivos de la situación epidemiológica en el Reino y también “a la disminución del número de contagios del coronavirus emergente”, sobre todo como consecuencia de “la expansión de las campañas de vacunación en el Reino”. Ante esto, las autoridades marroquíes han decidido tomar medidas graduales para aliviar las restricciones a la circulación de viajeros que deseen ingresar al territorio nacional, con el objetivo también de facilitar el regreso de los marroquíes residentes en el extranjero a su patria. También se ha dejado claro en el comunicado del Ministerio de Asuntos Exteriores, Cooperación Africana y Marroquíes Residentes en el Extranjero que este proceso se llevará a cabo siguiendo “un enfoque que combina la apertura gradual, teniendo en cuenta el desarrollo de la situación epidemiológica nacional e internacional, y preservando los logros del Reino para prevenir la propagación del coronavirus”. Para poder llevar adelante la decisión, han clasificado a los países en dos listas, por recomendación del Ministerio de Salud, tomando en consideración los datos epidemiológicos oficiales publicados por la Organización Mundial de la Salud y los de los propios países a través de sus sitios web oficiales. Los de la Regulación ‘A’ “son todos los países que tienen indicadores positivos con respecto al control de la situación epidemiológica, especialmente la propagación de mutaciones del virus, donde los viajeros provenientes de estos países -ya sean ciudadanos marroquíes, o extranjeros residentes en Marruecos, o ciudadanos de esos países o Extranjeros que residan en él- pueden entrar en territorio marroquí si tienen certificado de vacunación y / o resultado negativo de la prueba de PCR con menos de 48 horas desde la fecha de entrada al territorio nacional”. Asimismo, los titulares de certificados de vacunación extranjeros se beneficiarán de los mismos privilegios que otorga el certificado de vacunación marroquí a los ciudadanos dentro del territorio nacional. Los de Regulación ‘B’, son “una lista exclusiva de todos los países que no están preocupados por las medidas de mitigación contenidas en la Regulación ‘A’, que conocen sobre la propagación de cepas mutadas o por la ausencia de estadísticas precisas sobre la situación epidemiológica”. Por otra parte, han destacado en el comunicado “que los viajeros provenientes de los países incluidos en esta lista deben obtener licencias excepcionales antes de viajar, dar una prueba de PCR negativa con menos de 48 horas desde la fecha de ingreso al territorio nacional, y luego someterse a una cuarentena de 10 días” Los países incluidos en las listas “A” y “B” se publicarán periódicamente en los sitios web de los ministerios encargados de relaciones exteriores, salud y turismo. De igual forma, han dejad claro que los reglamentos estarán sujetos a una actualización periódica, al menos dos veces al mes y cuando sea necesario. “En cuanto al retorno de los ciudadanos marroquíes residentes en el extranjero, por vía marítima, en el marco de la operación ‘Bienvenida 2021’, se realizará desde los mismos pasos marítimos que se implementaron durante el pasado año y de acuerdo con las condiciones sanitarias especificadas anteriormente, señalando que además del análisis de PCR que realizaron para abordar el barco, los arribos serán sometidos a un segundo análisis de PCR durante el viaje, con el fin de garantizar la máxima seguridad sanitaria para ellos y sus familias”, han agregado. En cuanto a los clasificados en la Lista A han señalado que son: Estados Miembros de las Naciones Unidas no incluidos en la Lista B. Mientras que los países incluidos en la Lista B son los siguientes: Afganistán, Argelia, Angola, Argentina, Bahrein, Bangladesh, Benin, Bolivia, Botswana, Brasil, Camboya, Camerún, Cabo Verde, Chile, Colombia, Congo, República Democrática del Congo, Cuba, Emiratos Árabes Unidos, Eswatini, Guatemala, Haití , Honduras India, Indonesia, Irán, Irak, Jamaica, Kazajstán, Kenia, Kuwait, Lesotho, Letonia, Liberia, Lituania, Madagascar, Malasia, Malawi, Maldivas, Malí, Mauricio, México, Namibia, Nepal, Nicaragua, Níger, Omán, Uganda, Pakistán, Panamá, Paraguay, Perú, Qatar, República Centroafricana, República Democrática Popular de Corea del Norte, Seychelles, Sierra Leona, Somalia, Sudán, Sudáfrica, Sri Lanka, Sudán del Sur, Siria, Tanzania, Chad, Tailandia, Togo , Ucrania Uruguay, Venezuela, Vietnam, Yemen, Zambia, Zambia y Zimbabwe.

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