Categorías: Tribunales y justicia

‘Rambo’, ante el jurado

Tres años después de la muerte a disparos en plena Marina de 'Tafa Sodia', un jurado popular dictaminará si el único acusado por estos hechos es o no culpable. La testifical de un testigo protegido a través de videoconferencia resulta clave, amén de la investigación de la UDYCO.

 

Tres años después de la muerte a disparos y en plena Marina de ‘Tafa Sodia’, un jurado popular deberá dictaminar la culpabilidad o no de Anuar M.H., ‘Rambo’, la única persona detenida por la Policía Nacional por su presunta relación con los hechos. A partir de mañana y durante una semana, la sala de la Sección VI de la Audiencia Provincial acogerá las distintas sesiones orientadas a esclarecer qué es lo que sucedió en la madrugada del 17 de julio de 2013, recién finalizados los festejos de la Virgen del Carmen, cuando al menos dos personas estrecharon el cerco sobre Mustafa Ahmed Abdeselam, ‘Tafa Sodia’, con la encomienda de quitarle la vida.
Las personas elegidas para conformar el jurado que deberá constituirse mañana por la mañana ejercerán el papel de ‘jueces’ constituyendo un tribunal del que, tras sus deliberaciones, deberá resultar el veredicto, acertadamente motivado, que desde hace tres años lleva esperando ‘Rambo’, tras permanecer interno en varias penitenciarías y cuyos intereses serán defendidos por el prestigioso abogado Andreas Chalaris. También la familia de ‘Tafa Sodia’, que cuenta con la letrada Lucinia Llanos como Acusación Particular, dibujándose así el particular escenario de consideraciones judiciales en torno al que sin duda es el juicio más destacado del año.
La clase judicial ha pedido la adopción de medidas extraordinarias policiales para garantizar la seguridad en los exteriores del edificio así como en los pasillos y dentro  de la sala. Medidas que serán efectivas hasta la finalización de las sesiones y la posterior lectura del veredicto.
‘Rambo’, ante el jurado. Y ‘Rambo’ ante distintas penas de prisión, de acuerdo a las calificaciones que de manera provisional y con carácter inicial llevará la Acusación al juicio, después de una detallada instrucción llevada a cabo por el juzgado número 6.
El Ministerio Fiscal considera que ‘Rambo’ debe responder como autor de los delitos de asesinato con alevosía y tenencia de armas de fuego sin licencia, pidiendo por el primero una pena de 20 años de prisión y por el segundo 2 años. Además, solicita también que se indemnice a la viuda y cinco hijos de la víctima con la cantidad de 71.682 euros a cada uno por los daños morales ocasionados.
El relato de hechos de la Fiscalía sitúa al único acusado que se sentará en el banquillo (hay una segunda persona, presuntamente implicada en los hechos, que se encuentra en busca y captura desde el crimen) a la 1.15 horas en la Marina, frente a los Baños Árabes, en un paseo ya tomado por los primeros puestos feriales en llegar, los de los turroneros.
“En compañía de una persona respecto de la que no se ha podido dirigir escrito de acusación”, se dirigió a la Avenida Marina Española, “sabedores de que por dicha zona paseaba Mustafa Ahmed Abdeselam con su familia, con la intención común de disparar y matarle”. En base a las investigaciones desarrolladas por la UDYCO de la Policía Nacional, la Fiscalía concluye que el acusado, encontrándose cerca de los Baños Árabes, “se acercó corriendo por la espalda” a la víctima “para evitar que pudiera verlo y defenderse”, y que estando a escasos centímetros de la víctima le disparó con un arma corta de fuego en la nuca. Continúa indicando que una vez que ‘Tafa Sodia’ estaba en el suelo “volvió a dispararle para garantizar la muerte”. Estos hechos integran un delito de asesinato con alevosía y otro de tenencia de armas de fuego sin licencia.
La pena solicitada por el Ministerio Público casi se duplica en el caso de la Acusación Particular, que reclama la imposición de 37 años de prisión, pena resultante de la suma de 20 años por un delito de asesinato y otros 15 por un segundo en grado de tentativa –contra la viuda que estaba al lado del fallecido–, además de otros 2 por un delito de tenencia ilícita de armas. Como pena accesoria a los delitos, la Acusación Particular reclama que se le imponga la prohibición de residir y acudir a Ceuta por un periodo de 10 años y una indemnización de 200.000 euros.
Esta parte le considera autor del asesinato de ‘Tafa Sodia’ y asegura que lo cometió tras diseñar un plan junto a un vecino del Príncipe “movidos por el odio y ánimo de venganza”.
Frente a las consideraciones incriminatorias sobre ‘Rambo’ asoma el escrito de la Defensa, que ha intentado por todas las formas posibles durante la fase de instrucción que su patrocinado quedara desvinculado del crimen. Primero lo hizo presentando un recurso de reforma y subsidiario de apelación en el que solicitaba el sobreseimiento de la causa, al indicar que las diligencias practicadas eran “insostenibles ante un juicio serio”.
Después peleó por que el juicio fuera presidido por un jurado popular, toda vez que en un principio iba a ser uno formado por jueces el que tuviera en sus manos la decisión sobre el futuro del acusado. Una resolución del TSJA le dio hace unos meses la razón, por lo que se seguirá la fórmula que más agrada a quien tiene entre sus manos el complicado papel de desvincular a su patrocinado de este crimen.
Y frente a unas tesis y otras asoma la que se considera figura clave en este proceso: la que representa el testigo protegido, cuya identidad ha sido salvaguardada en estos años por la Policía y la Justicia, y que declarará por videoconferencia.
Habrá testificales de componentes de la UDYCO para conocer el desarrollo de la investigación iniciada nada más producirse el asesinato, que condujo, horas más tarde, a la detención en su propia vivienda de Juan Carlos I de ‘Rambo’.
Por parte de la Defensa se reclamó el visionado de las imágenes que fueron grabadas por la cámara de una tienda situada a pocos metros del escenario del crimen. Así se hará, aunque un informe emitido por la Dirección General de la Policía y firmado por la unidad encargada de su análisis ya ha adelantado que del visionado practicado no se puede concluir que la persona grabada en la huida sea ‘Rambo’.

La motivación del veredicto

El veredicto que emita el jurado tendrá que estar debidamente motivado, por ello antes de que se produzca el periodo para la deliberación (que puede extenderse varios días), los miembros reciben un cuestionario del magistrado. Ese cuestionario contiene una serie de preguntas que deben ser contestadas por los jurados aclarando si los hechos en cuestión por los que se les pregunta han sido o no probados. El jurado, con su veredicto, debe determinar claramente esas conclusiones para que luego no haya recursos posteriores que vengan a tumbar sus posicionamientos porque están mal fundamentados. El elegido como portavoz será quien lea el veredicto final, convocándose las distintas partes a la hora en la que éste esté listo y redactado. Ha habido lecturas del jurado que se han hecho incluso de madrugada. Si los hechos son declarados probados se necesitan 7 de los 9 votos cuando es un hecho contra el acusado, si le favorece necesita solo 5. No cabe abstención alguna de los componentes, todos tienen que implicarse en esas conclusiones a las que se llega a puerta cerrada, incomunicados y bajo protección. Se necesitarán 7 apoyos para declarar culpable al acusado y solo 5 para declararle no culpable. De darse este último caso, ‘Rambo’ tiene que ser puesto en libertad de inmediato.

La participación del jurado, en forma de preguntas

En la reciente historia judicial que tiene la Audiencia, se han celebrado ya varios juicios con jurado en los que la participación de sus miembros resulta clave. Hay algunos que incluso han llamado la atención por su participación y acertadas preguntas. También ha habido casos que han tenido que repetirse porque el veredicto final no estaba adecuadamente motivado. Los miembros del jurado no solo están sentados para escuchar lo que se dice. Su papel pasa también por realizar preguntas que siempre se tendrán que hacer públicas a través del magistrado-presidente, en este caso Fernando Tesón. El juez funciona como una especie de portavoz para dar traslado de las cuestiones que el jurado quiere realizar tanto al acusado como a cualquiera de los testigos si hay cuestiones que no les hayan quedado claras. Cabe la posibilidad de que se pida la realización de una prueba ocular, es decir, una prueba sobre el mismo escenario en el que se produjo el crimen o un episodio considerado clave. En este caso existe la posibilidad de que el jurado se traslade hasta el lugar de los hechos bajo la oportuna vigilancia y control policial, por si entienden que necesitan ver por sus propios ojos alguno de los hechos que están formando parte del asunto enjuiciado, en este caso el crimen de ‘Tafa Sodia’.

Nueve titulares y dos suplentes conformarán el jurado

La Audiencia ya tiene experiencia en la constitución de tribunales de jurado. Un proceso no exento de dificultades, ya que incluso existen precedentes de sanciones impuestas a las personas que no cumplieron con su cita sin aportar excusa alguna. La ley es clara y pena hasta con 200 euros por no cumplir con lo que es una obligación. Nueve titulares y dos suplentes integran el tribunal, del que deberá resultar el veredicto que estrictamente debe motivar la culpabilidad o no del acusado, ya que la sentencia final con las penas en el caso de que se estime su culpabilidad la tiene que dictar el magistrado presidente de la Sala.
Mañana, a partir de las 10.30 horas, tendrá lugar la constitución del tribunal que exige, como primer acto, el juramento de los elegidos. Si alguno de ellos se negara, la Ley contempla una multa de 300 euros, pasándose a llamar al suplente que estará preparado para intervenir.

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