Pareciera algo obvio, pero para quienes no lo tengan claro, la Policía Nacional advierte que el hecho de quedarse con un paquete que está destinado a otra persona es un delito que se conoce como apropiación indebida. Por ello la advertencia que hacen, también en Ceuta.
“Mucho cuidado con quedarte con un paquete que no es para ti”. Con este mensaje publicado en redes sociales, efectivos de la Policía Nacional han querido hacer un recordatorio en caso de que alguna persona piense equivocadamente que pueda tratarse de algo sin importancia.
A través de un vídeo, la Policía Nacional ha hecho hincapié en que es un delito de apropiación indebida que está contemplado en los artículos 253 y 254 del Código Penal.
⚠️Mucho cuidado con quedarte con un paquete 📦 que no es para ti 👇🏼#DELITO de apropiación indebida #Consejos pic.twitter.com/afBRDCKg66
— Policía Nacional (@policia) December 26, 2024
“Serán castigados con las penas del artículo 248 o, en su caso, del artículo 250, salvo que ya estuvieran castigados con una pena más grave en otro precepto de este Código, los que, en perjuicio de otro, se apropiaren para sí o para un tercero, de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble, que hubieran recibido en depósito, comisión, o custodia, o que les hubieran sido confiados en virtud de cualquier otro título que produzca la obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido”, señala el artículo 235, agregando que “si la cuantía de lo apropiado no excediere de 400 euros, se impondrá una pena de multa de uno a tres meses”.
En el caso del artículo 254, “quien, fuera de los supuestos del artículo anterior, se apropiare de una cosa mueble ajena, será castigado con una pena de multa de tres a seis meses. Si se tratara de cosas de valor artístico, histórico, cultural o científico, la pena será de prisión de seis meses a dos años”, añadiendo que “si la cuantía de lo apropiado no excediere de 400 euros, se impondrá una pena de multa de uno a dos meses”.