La Dirección General de Formación Profesional del Ministerio de Educación publicó ayer en el BOE la Resolución que convoca la celebración de las pruebas de acceso a los Ciclos Formativos de Grado Medio para el próximo 24 de junio y para el día siguiente las de acceso a los de Grado Superior.
Podrán concurrir a las primeras aquellas personas que tengan cumplidos o cumplan diecisiete años en 2019 y no reúnan los requisitos académicos de entrada ordinaria necesarios. A las segundas, quienes tengan cumplidos o cumplan diecinueve años en el presente ejercicio y tampoco acrediten las exigencias de nivel educativo.
El período de inscripción en ambas pruebas estará comprendido entre el 26 de abril y el 24 de mayo, ambos inclusive. Las listas provisionales de admitidos se publicarán el 3 de junio en el centro donde se haya realizado la matriculación y habrá dos días para realizar las alegaciones que consideren oportunas.
Para la convocatoria de septiembre se deberá formalizar la inscripción entre el 24 de julio y el 20 de agosto. A esta convocatoria podrá presentarse el alumnado que se haya inscrito en la de junio en el caso de no haber aprobado, no haberse presentado o para mejorar la nota sin necesidad de volver a inscribirse.
Los ejercicios de las pruebas serán elaborados por la Subdirección General de Ordenación e Innovación de la Formación Profesional del Ministerio. La calificación de las pruebas quedará en manos de la Comisión encargada.
La prueba de acceso a Ciclos de Grado Medio incluirá un ejercicio sobre la materia de Lengua Castellana y Literatura y de Inglés (duración de dos horas); otro de Geografía e Historia (una hora); uno más de Matemáticas y Tecnología (una hora) y el de Biología y Geología y Física y Química (una hora).
La de entrada en Ciclos de Grado Superior constará de una parte común y otra específica. La primera incluye ejercicios de Matemáticas, Lengua Castellana y Literatura y Lengua Extranjera (hora y media para cada uno).
En la segunda el aspirante deberá elegir dos materias de las tres propuestas.
Los examinados deberán ir provistos de los útiles de escritura, dibujo, máquina calculadora, etcétera, que guarden relación con la naturaleza de la prueba.
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