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Protección Civil dispondrá de un servicio de apoyo psicológico para situaciones de emergencia

El Colegio de Psicólogos atenderá el servicio mediante un contrato menor, de 15.000 euros de importe, que se prolongará durante un año

La Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales ha promovido un contrato con el Colegio de Psicólogos de Ceuta, que prestará un servicio de intervención y apoyo psicológico, para atender a las personas que se hayan visto afectadas por catástrofes y situaciones de emergencia.

Este contrato, por un importe de 15.000 euros y de un año de duración, está enmarcado en los servicios de la Dirección General de Emergencias y Protección Civil de la Ciudad y se motiva en el hecho de que la intervención psicológica es fundamental para asistir a las víctimas de cualquier situación crítica. Corresponde a Protección Civil no solo asegurar cuantas actuaciones contribuyan a evitar, controlar o reducir los daños causados, sino también prestar asistencia psicológica especializada a los damnificados y a los profesionales que intervienen en la catástrofe.

El proyecto de apoyo e intervención psicológica es un servicio dirigido a las personas y sus familiares directos que, en una situación de emergencia, serán atendidos por un profesional del Grupo de Intervención Psicológica en Emergencias y Catástrofes de Ceuta (GIPEC), en la fase de impacto y necesitan un tratamiento psicológico posterior, con el objetivo de reducir las secuelas psicológicas y recuperar el equilibrio, consiguiendo integrar el suceso a su vida. Se trata, en definitiva, de ayudarles a facilitar un duelo, a recuperar la capacidad de hacer frente a las necesidades de su vida cotidiana y de poder mirar al futuro con esperanza.

Los psicólogos que se incorporen a este servicio deben tener una formación en intervención de emergencias al menos de 100 horas y de 300 horas en experiencia (intervenciones directas, simulacros, horas de guardia..). Será necesario que tengan capacidad para personarse en el lugar requerido por Protección Civil en un tiempo máximo de 30 minutos. Igualmente, el contrato exige que, en función de las circunstancias, se requiera el desplazamiento del número de profesionales que sea necesarios para atender debidamente la demanda de atención psicológica.

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