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Prórroga de prisión para el policía local acusado de asesinar a su mujer

El Juzgado de Instrucción número 4 de Ceuta ha acordado la prórroga de la prisión provisional durante dos años más para el agente de la Policía Local A.G.D., a quien le espera un juicio con Tribunal del Jurado por el crimen de su mujer.

La comparecencia sobre la prórroga tuvo lugar el pasado 9 de febrero sin que fuera necesario el desplazamiento del acusado hasta los juzgados.

El agente se enfrenta a 34 años de prisión, de acuerdo con la petición formulada por el Ministerio Fiscal tras el asesinato de quien era su esposa en la vivienda que compartían en la barriada Parques de Ceuta en marzo de 2022.

Mª Ángeles Lozano fue víctima mortal de la violencia machista, la cuarta de las registradas oficialmente en nuestra ciudad ocurrida a manos de sus parejas o exparejas.

En qué se fundamenta la prórroga de prisión

La prórroga de la prisión se fundamenta, según han detallado a este periódico fuentes judiciales, en la persistencia de “suficientes indicios de criminalidad” para mantener la medida de privación de libertad de acuerdo con los datos recogidos en los informes policiales, periciales y forenses que han sido recabados.

Así también se han tenido en cuenta las declaraciones de testigos y la propia ofrecida por el investigado.

Se considera que la actuación del detenido puede ser constitutiva de un delito de asesinato, dos de lesiones, un tercero contra la integridad moral y otro de maltrato habitual.

Riesgo de fuga

En el presente caso existe, a criterio del juzgado instructor, riesgo de fuga debido a la gravedad de las penas solicitadas por el Ministerio Fiscal y la Acusación Particular, apreciándose además una “total falta de arraigo familiar” y “laboral” o “social” por parte del investigado.

Así también se ha tenido en cuenta el riesgo para la víctima y el de reiteración delictiva. La titular del Juzgado número 4 considera que la medida de mantener a este integrante de la Policía Local en prisión es “proporcionada, necesaria y útil” sin que pueda ser sustituida por otra medida con la que se obtuviera la misma finalidad y fuera menos gravosa para el investigado.

Al estar próximo el límite de dos años de estancia en prisión desde que se produjeron los hechos, y sin que todavía haya fecha de celebración de la vista en la Audiencia, se tuvo que celebrar esta comparecencia resolviéndose con el mantenimiento de la medida privativa de libertad.

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